Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061891)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Generación de nuevas masas resilientes en superficies afectadas por incendios forestales en el monte Piornal", en el término municipal de Piornal (Cáceres). Expte.: IA21/0790.
81 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
32012
C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 8 de junio de 2022 , la Dirección General de Sostenibilidad remite a la promotora el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de
información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso,
en la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 24 de agosto de 2022, la promotora presenta la solicitud de inicio de evaluación
de impacto ambiental ordinaria del proyecto, junto con el documento técnico del proyecto
y la versión definitiva del estudio de impacto ambiental, en cumplimiento del artículo 69
de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
Durante el análisis técnico del expediente, el órgano ambiental consideró necesario solicitar a la promotora información adicional relativa al estudio de impacto ambiental, por
lo que con fecha 26 de agosto de 2022 se requirió información adicional a la promotora,
según lo establecido en el artículo 70.3 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con fecha 14 de febrero de 2023, la promotora presenta la solicitud de inicio de evaluación
de impacto ambiental ordinaria del proyecto, junto con el documento técnico del proyecto y la versión definitiva del estudio de impacto ambiental, atendiendo al requerimiento
formulado.
En el análisis técnico del expediente se determina que la promotora ha tenido debidamente
en cuenta los informes y alegaciones recibidas, incorporando al EsIA las principales medidas propuestas en los informes y alegaciones que figuran en el apartado B de la presente
declaración de impacto ambiental.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto de referencia, con toda la información hasta aquí
recabada se elabora la presente declaración de impacto ambiental.
Martes 23 de mayo de 2023
32012
C. Resumen del análisis técnico del expediente.
Con fecha 8 de junio de 2022 , la Dirección General de Sostenibilidad remite a la promotora el resultado de las alegaciones y respuestas recibidas como resultado del trámite de
información pública y consultas a las Administraciones Públicas afectadas y personas interesadas, en cumplimiento del artículo 68 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para su consideración, en su caso,
en la nueva versión del proyecto y en el estudio de impacto ambiental.
Con fecha 24 de agosto de 2022, la promotora presenta la solicitud de inicio de evaluación
de impacto ambiental ordinaria del proyecto, junto con el documento técnico del proyecto
y la versión definitiva del estudio de impacto ambiental, en cumplimiento del artículo 69
de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de
Extremadura.
Desde la Dirección General de Sostenibilidad, una vez completado formalmente el expediente de impacto ambiental, se inicia el análisis técnico del mismo conforme al artículo 70
de la precitada ley.
Durante el análisis técnico del expediente, el órgano ambiental consideró necesario solicitar a la promotora información adicional relativa al estudio de impacto ambiental, por
lo que con fecha 26 de agosto de 2022 se requirió información adicional a la promotora,
según lo establecido en el artículo 70.3 de la Ley 16/2015 de 23 de abril, de protección
ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Con fecha 14 de febrero de 2023, la promotora presenta la solicitud de inicio de evaluación
de impacto ambiental ordinaria del proyecto, junto con el documento técnico del proyecto y la versión definitiva del estudio de impacto ambiental, atendiendo al requerimiento
formulado.
En el análisis técnico del expediente se determina que la promotora ha tenido debidamente
en cuenta los informes y alegaciones recibidas, incorporando al EsIA las principales medidas propuestas en los informes y alegaciones que figuran en el apartado B de la presente
declaración de impacto ambiental.
Revisado el documento técnico del proyecto, la nueva versión del EsIA, los informes emitidos y alegaciones formuladas al proyecto de referencia, con toda la información hasta aquí
recabada se elabora la presente declaración de impacto ambiental.