Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061915)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de secadero de cereales y otras actividades, cuya promotora es Comercial Agropecuaria SAT "CASAT", en el término municipal de Don Benito. Expte.: IA22/1680.
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
31976
• Con fecha 8 de febrero de 2023 se recibe informe favorable de cara a futuras tramitaciones del citado proyecto, emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural, indicando que dicho proyecto no presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido, recogiendo una medida preventiva de cara a la protección
del patrimonio arqueológico no detectado que ha sido incluida en el presente informe de
impacto ambiental.
• Con fecha 19 diciembre de 2022 se recibe informe del Agente del Medio Natural.
• Con fecha 28 de abril de 2023 se recibe el informe del Servicio de Regadíos. En el mismo
se indica que la industria proyectada se considera industria agroalimentaria derivada,
asociada, ligada o vinculada a la producción agraria y compatible o complementaria con
el regadío. Además, indica que esta consideración en ningún caso podrá suponer el cambio de uso del suelo de regadío en los terrenos ocupados, ni la exclusión de estos de la
zona regable en la que se encuentran ubicados.
• Con fecha 3 de marzo de 2023 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio
incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa
o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
La actividad pretendida es un secadero de cereales, procesado de almendras y selección
de semillas.
La industria se localiza en el término municipal de Mérida Nacional 430, km 105. Concretamente en las parcelas 330, 346 y 228 del polígono 25, con referencias catastrales:
06044A025003300000TE, 06044A025003460001YY y 06044A025002280001YO respectivamente. La superficie total de las parcelas es de 46.399 m².
La presencia de maquinaria tanto en la fase de ampliación como de funcionamiento del proyecto de referencia será una posible fuente de generación de residuos
y sustancias potencialmente contaminantes, así como de molestias por ruidos.
Martes 23 de mayo de 2023
31976
• Con fecha 8 de febrero de 2023 se recibe informe favorable de cara a futuras tramitaciones del citado proyecto, emitido por la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y
Patrimonio Cultural, indicando que dicho proyecto no presenta incidencias sobre el Patrimonio Arqueológico conocido, recogiendo una medida preventiva de cara a la protección
del patrimonio arqueológico no detectado que ha sido incluida en el presente informe de
impacto ambiental.
• Con fecha 19 diciembre de 2022 se recibe informe del Agente del Medio Natural.
• Con fecha 28 de abril de 2023 se recibe el informe del Servicio de Regadíos. En el mismo
se indica que la industria proyectada se considera industria agroalimentaria derivada,
asociada, ligada o vinculada a la producción agraria y compatible o complementaria con
el regadío. Además, indica que esta consideración en ningún caso podrá suponer el cambio de uso del suelo de regadío en los terrenos ocupados, ni la exclusión de estos de la
zona regable en la que se encuentran ubicados.
• Con fecha 3 de marzo de 2023 el Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa que el proyecto no se encuentra dentro de los límites de ningún espacio
incluido en Red Natura 2000, ni se prevé que pueda afectar de forma apreciable, directa
o indirectamente, a los mismos o a sus valores ambientales.
3. Análisis de expediente.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII del título I,
según los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
La actividad pretendida es un secadero de cereales, procesado de almendras y selección
de semillas.
La industria se localiza en el término municipal de Mérida Nacional 430, km 105. Concretamente en las parcelas 330, 346 y 228 del polígono 25, con referencias catastrales:
06044A025003300000TE, 06044A025003460001YY y 06044A025002280001YO respectivamente. La superficie total de las parcelas es de 46.399 m².
La presencia de maquinaria tanto en la fase de ampliación como de funcionamiento del proyecto de referencia será una posible fuente de generación de residuos
y sustancias potencialmente contaminantes, así como de molestias por ruidos.