Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Procesos Selectivos. Tribunales. (2023050130)
Orden de 18 de mayo de 2023 por la que se nombran los Tribunales de Selección que han de valorar los méritos en el procedimiento selectivo extraordinario de estabilización para el ingreso mediante concurso de méritos a plazas vacantes de personal funcionario de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 97
31786
Martes 23 de mayo de 2023
medios y recursos, así como de garantizar la máxima agilidad en la tramitación de los distintos procesos convocados, de la actuación de los mismos Tribunales de Selección en ambos
Cuerpos/Grupos para esas concretas Categorías y Especialidades.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en la citada base sexta de las ordenes de
convocatoria, y en virtud de las competencias atribuidas en materia de personal, esta Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública,
DISPONE:
Nombrar, según se relaciona en anexo a la presente orden, los miembros de los Tribunales
de Selección encargados de baremar los méritos recogidos en el anexo IV de las Órdenes de
23 de diciembre de 2022, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso a plazas
vacantes de personal funcionario en diferentes Cuerpos y/o Especialidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de
méritos.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que le corresponda, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 18 de mayo de 2023.
La Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES
31786
Martes 23 de mayo de 2023
medios y recursos, así como de garantizar la máxima agilidad en la tramitación de los distintos procesos convocados, de la actuación de los mismos Tribunales de Selección en ambos
Cuerpos/Grupos para esas concretas Categorías y Especialidades.
En consecuencia, de conformidad con lo dispuesto en la citada base sexta de las ordenes de
convocatoria, y en virtud de las competencias atribuidas en materia de personal, esta Vicepresidencia Primera y Consejería de Hacienda y Administración Pública,
DISPONE:
Nombrar, según se relaciona en anexo a la presente orden, los miembros de los Tribunales
de Selección encargados de baremar los méritos recogidos en el anexo IV de las Órdenes de
23 de diciembre de 2022, por la que se convocan procesos selectivos para el acceso a plazas
vacantes de personal funcionario en diferentes Cuerpos y/o Especialidades de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, por el sistema excepcional de concurso de
méritos.
Contra la presente orden, que agota la vía administrativa, los/as interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición ante la Consejera de Hacienda y Administración Pública en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación
en el Diario Oficial de Extremadura, o bien, interponer directamente recurso contenciosoadministrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo que le corresponda, en el
plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de
Extremadura.
En caso de interponer recurso de reposición, no se podrá impugnar en vía contencioso-administrativa la presente orden, hasta que se haya resuelto expresamente o se haya producido
la desestimación presunta de aquél. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso, cualquier
otro recurso que estimen procedente.
Mérida, 18 de mayo de 2023.
La Vicepresidenta Primera y Consejera
de Hacienda y Administración Pública,
PILAR BLANCO-MORALES LIMONES