Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Residuos. Subvenciones. (2023040095)
Decreto 53/2023, de 17 de mayo, por el que se modifica el Decreto 144/2022, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas destinadas a la construcción de nuevas instalaciones de preparación para la reutilización y el reciclado de otros flujos de residuos municipales, distintos de los biorresiduos, recogidos separadamente en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se aprueba la primera convocatoria de las ayudas, financiadas con cargo al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - "Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU".
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
31758
Dos. Se modifica la letra g del apartado 1 del artículo 8 quedando redactado del siguiente
modo:
“g) Al estar las ayudas del presente decreto cofinanciadas con fondos del Plan de Recupe
ración, Transformación y Resiliencia (PRTR), se deberá suscribir una declaración de ausen
cia de conflicto de intereses (DACI) o en su caso de confirmación de ausencia de conflicto
conforme a los modelos previstos en los anexos I y II de la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimien
tos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Tres. Se modifican los apartados 2, 3 y 4 del artículo 15, que quedan redactados del siguiente
modo:
“2. Las solicitudes se formalizarán en el modelo de solicitud anexo I, el cual se podrá des
cargar del portal Juntaex.es http://www.juntaex.es y en punto de acceso general electró
nico de los servicios y trámites www.juntaex.es e irán acompañadas de la documentación
requerida y se presentarán a través del Registro Electrónico General de Sede Electrónica
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf e irán dirigidas a la Direc
ción General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibili
dad, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la tramitación telemática, las personas interesadas deberán disponer para la autenti
ficación y para la firma electrónica de la solicitud, de un certificado electrónico en vigor. Si
no dispone del mismo, puede obtenerlo bien en la dirección electrónica
http://www.cert.fnmt.es/ o bien con el DNI electrónico, en la dirección electrónica
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación en formato electrónico
con firma electrónica verificable:
a) Declaración responsable del solicitante que acredite su capacidad para obtener la con
dición de entidad beneficiaria al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 6 de este decreto.
b) Declaración responsable y compromiso de financiar la parte no subvencionable de la
inversión total necesaria para ejecutar los proyectos.
c) Declaración responsable del solicitante, de otras ayudas que haya podido obtener para la
ejecución del mismo proyecto, con expresa mención de la cantidad de ayuda obtenida.
Martes 23 de mayo de 2023
31758
Dos. Se modifica la letra g del apartado 1 del artículo 8 quedando redactado del siguiente
modo:
“g) Al estar las ayudas del presente decreto cofinanciadas con fondos del Plan de Recupe
ración, Transformación y Resiliencia (PRTR), se deberá suscribir una declaración de ausen
cia de conflicto de intereses (DACI) o en su caso de confirmación de ausencia de conflicto
conforme a los modelos previstos en los anexos I y II de la Orden HFP/55/2023, de 24 de
enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de interés en los procedimien
tos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia”.
Tres. Se modifican los apartados 2, 3 y 4 del artículo 15, que quedan redactados del siguiente
modo:
“2. Las solicitudes se formalizarán en el modelo de solicitud anexo I, el cual se podrá des
cargar del portal Juntaex.es http://www.juntaex.es y en punto de acceso general electró
nico de los servicios y trámites www.juntaex.es e irán acompañadas de la documentación
requerida y se presentarán a través del Registro Electrónico General de Sede Electrónica
https://sede.gobex.es/SEDE/registroGeneral/registroGeneral.jsf e irán dirigidas a la Direc
ción General de Sostenibilidad de la Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibili
dad, conforme a lo establecido en el artículo 3.2, de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de
Régimen Jurídico del Sector Público.
Para la tramitación telemática, las personas interesadas deberán disponer para la autenti
ficación y para la firma electrónica de la solicitud, de un certificado electrónico en vigor. Si
no dispone del mismo, puede obtenerlo bien en la dirección electrónica
http://www.cert.fnmt.es/ o bien con el DNI electrónico, en la dirección electrónica
https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación en formato electrónico
con firma electrónica verificable:
a) Declaración responsable del solicitante que acredite su capacidad para obtener la con
dición de entidad beneficiaria al no hallarse incurso en ninguna de las prohibiciones
establecidas en el artículo 6 de este decreto.
b) Declaración responsable y compromiso de financiar la parte no subvencionable de la
inversión total necesaria para ejecutar los proyectos.
c) Declaración responsable del solicitante, de otras ayudas que haya podido obtener para la
ejecución del mismo proyecto, con expresa mención de la cantidad de ayuda obtenida.