Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Expropiaciones. (2023040094)
Decreto 52/2023, de 17 de mayo, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "EDAR en Almendral (Badajoz)".
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NÚMERO 97
Martes 23 de mayo de 2023
31748
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
DECRETO 52/2023, de 17 de mayo, sobre declaración de urgencia de la
ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "EDAR en Almendral
(Badajoz)". (2023040094)
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas. Por su parte el Decreto 87/2019, de 2
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración, atribuye
a la Consejería el ejercicio de las competencias en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras hidráulicas de competencia de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la coordinación de las políticas de aguas autonómica, así como la regulación del abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas
de conformidad con el artículo 5.1.a) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38.b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “EDAR en Almendral (Badajoz)”, el proyecto fue aprobado en
fecha 13 de diciembre de 2022, y en relación con el procedimiento expropiatorio se ha practicado información pública mediante Resolución de 21 de marzo de 2023 (DOE n.º 66, de 5
de abril). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de las publicaciones exigidas legalmente, no habiéndose recibido alegaciones,
dentro del plazo al efecto concedido, constando en el expediente acreditación de lo actuado.
En anexo al presente decreto se publica la relación de afectados, a resultas del trámite de
información pública.
La Directiva 91/271 CEE impone que todas las poblaciones dispongan de un tratamiento adecuado de las aguas residuales antes del 31 de diciembre de 2005.
Martes 23 de mayo de 2023
31748
CONSEJERÍA PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y SOSTENIBILIDAD
DECRETO 52/2023, de 17 de mayo, sobre declaración de urgencia de la
ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de "EDAR en Almendral
(Badajoz)". (2023040094)
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia - Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU
La Consejería para la Transición Ecológica y Sostenibilidad tiene atribuidas por Decreto del
Presidente 41/2021, de 2 de diciembre, las competencias de la Comunidad Autónoma de Extremadura en materia de infraestructuras hidráulicas. Por su parte el Decreto 87/2019, de 2
de agosto, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración, atribuye
a la Consejería el ejercicio de las competencias en materia de planificación hidráulica, ejecución, mantenimiento y ordenación de las infraestructuras hidráulicas de competencia de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, así como la coordinación de las políticas de aguas autonómica, así como la regulación del abastecimiento, saneamiento y depuración de las aguas
de conformidad con el artículo 5.1.a) del Decreto 170/2019, de 29 de octubre, por el que se
establece la estructura orgánica de la citada Consejería.
Asimismo, la Junta de Extremadura tiene atribuida la facultad expropiatoria en virtud del propio Estatuto de Autonomía, artículo 38.b) en su redacción dada de la Ley Orgánica 1/2011,
de 28 de enero, correspondiendo a su Consejo de Gobierno la declaración de urgencia del
procedimiento expropiatorio según lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley de Expropiación
Forzosa de 16 de diciembre de 1954.
En relación con las obras de “EDAR en Almendral (Badajoz)”, el proyecto fue aprobado en
fecha 13 de diciembre de 2022, y en relación con el procedimiento expropiatorio se ha practicado información pública mediante Resolución de 21 de marzo de 2023 (DOE n.º 66, de 5
de abril). Asimismo, se han practicado notificaciones individuales a los particulares afectados y el resto de las publicaciones exigidas legalmente, no habiéndose recibido alegaciones,
dentro del plazo al efecto concedido, constando en el expediente acreditación de lo actuado.
En anexo al presente decreto se publica la relación de afectados, a resultas del trámite de
información pública.
La Directiva 91/271 CEE impone que todas las poblaciones dispongan de un tratamiento adecuado de las aguas residuales antes del 31 de diciembre de 2005.