Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Sequías. Medidas Excepcionales. (2023DE0003)
Decreto-ley 3/2023, de 17 de mayo, por el que se regulan ayudas temporales excepcionales a titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía.
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NÚMERO 96

31556

Lunes 22 de mayo de 2023

Dichas ayudas, que se concederá de forma directa mediante un único pago a los apicultores, tienen carácter complementario a las ayudas previstas en el Real Decreto 906/2022,
de 25 de octubre, por el que se regula la Intervención Sectorial Apícola en el marco del Plan
Estratégico de la Política Agrícola Común.
CAPÍTULO IV
Bonificación de tasas
Artículo 4. Bonificación de la tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios correspondiente a las guías ganaderas y declaración y grabación de censos.
Con efectos exclusivos desde el momento de la publicación del presente Decreto-ley hasta
final del ejercicio 2023 y durante todo el ejercicio 2024, se establece una bonificación del 100
% en las tarifas de la “tasa por prestación de servicios facultativos veterinarios” N.º Código
12005-0 de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, correspondiente a los siguientes epígrafes:
— Reconocimiento facultativo de animales a exportar e importados y expedición de
certificados.
— Por expedición de certificados: Por cada certificado
— Por cada animal a reconocer:


• Bovino adulto.



• Terneros añojos.



• Ovinos y Caprinos.

• 
Lechones.


• Cerdos para vida.



• Cerdos para sacrificio.

• 
Equinos.


• Aves (por cada 100 aves).

• 
Avestruces.


• Conejos (por cada 100 conejos).