Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Regadíos. Ayudas. (2023061829)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la mejora y modernización de las redes principales de riego en las Comunidades de Regantes de Extremadura.
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NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023
31313
3. Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Secretaría General de Población y Desarrollo
Rural y serán resueltas por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, o, en su
caso, por el órgano en quien delegue.
4. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de dos meses a contar desde el día
siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria de la ayuda y del extracto de
la misma en el Diario Oficial de Extremadura.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas a trámite. La resolución de inadmisión será notificada en los términos del artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud o documentación preceptiva no reúne los requisitos exigidos se requerirá a la entidad interesada para
que, en un plazo improrrogable de diez días, subsane la falta o presente la documentación
correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido, previa resolución dictada
en los términos previstos en el artículo 21 de la misma.
Sexto. Documentación.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
1. Proyecto redactado por personal técnico competente en materia de regadíos, aportándose
un ejemplar en formato digital, que se compondrá de forma general, por los siguientes
documentos:
A) Memoria.
En ella se recogen los antecedentes y situación previa a las obras, las necesidades a satisfacer y la justificación de la solución adoptada, detallándose los factores de todo orden a
tener en cuenta.
Se incluirán entre otros los siguientes anejos:
— Anejo ambiental.
— Anejo de cálculos hidráulicos.
— Anejo de cálculo detallado de los indicadores de ahorro de agua según Anexo I:
Jueves 18 de mayo de 2023
31313
3. Las solicitudes de ayudas se dirigirán a la Secretaría General de Población y Desarrollo
Rural y serán resueltas por la persona titular de la Secretaría General de la Consejería de
Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio de la Junta de Extremadura, o, en su
caso, por el órgano en quien delegue.
4. El plazo de presentación de solicitudes de ayuda será de dos meses a contar desde el día
siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria de la ayuda y del extracto de
la misma en el Diario Oficial de Extremadura.
Las solicitudes presentadas fuera de plazo serán inadmitidas a trámite. La resolución de inadmisión será notificada en los términos del artículo 42 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre,
del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
5. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.5 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, si la solicitud o documentación preceptiva no reúne los requisitos exigidos se requerirá a la entidad interesada para
que, en un plazo improrrogable de diez días, subsane la falta o presente la documentación
correspondiente, conforme a lo establecido en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, con
indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido, previa resolución dictada
en los términos previstos en el artículo 21 de la misma.
Sexto. Documentación.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación:
1. Proyecto redactado por personal técnico competente en materia de regadíos, aportándose
un ejemplar en formato digital, que se compondrá de forma general, por los siguientes
documentos:
A) Memoria.
En ella se recogen los antecedentes y situación previa a las obras, las necesidades a satisfacer y la justificación de la solución adoptada, detallándose los factores de todo orden a
tener en cuenta.
Se incluirán entre otros los siguientes anejos:
— Anejo ambiental.
— Anejo de cálculos hidráulicos.
— Anejo de cálculo detallado de los indicadores de ahorro de agua según Anexo I: