Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061886)
Resolución de 15 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Administración General del Estado, a través de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales para la realización de un proyecto para la inclusión social en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023

31179

página web: http://publications.europa.eu/code/es/es-5000100.htm y descargar distintos ejemplos del emblema en:
https://europa.eu/european-union/abouteu/symbols/flag_es#download.
Todos los carteles informativos y placas deberán colocarse en un lugar bien visible y de
acceso al público.
2. A
 efectos de auditoría y control y en base a lo establecido en el artículo 22 del Reglamento
(UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero, los datos de los
perceptores finales de estas ayudas serán públicos.
Decimotercera. Comisión de Seguimiento del convenio.
1. P
 ara la realización del seguimiento de la buena marcha del convenio se creará una Comisión mixta de seguimiento, vigilancia y control de la ejecución del convenio.
Por parte de la Administración General del Estado, la integrarán 4 representantes de la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social y un representante
del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS).
Por parte de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, formarán parte
de la Comisión de Seguimiento 4 representantes de la Consejería de Sanidad y Servicios
Sociales.
Adicionalmente, formarán parte de la Comisión de Seguimiento la persona titular de la
Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social, que ostentará la
Presidencia, y un/a secretario/a con voz, pero sin voto, designado/a por la Secretaría General de Objetivos y Políticas de Inclusión y Previsión Social de entre su personal funcionario.
2. E
 sta Comisión mixta se constituirá en el plazo máximo de un mes a contar desde la fecha
de la firma del convenio y se reunirá al menos dos veces al año.
3. L
 a convocatoria de la Comisión de Seguimiento corresponderá a la Presidencia, de común
acuerdo con la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, a través de la
Consejería de Sanidad y Servicios Sociales.
4. E
 l funcionamiento de la Comisión de Seguimiento se ajustará a las previsiones contenidas
en la Sección 3.ª, del Capítulo II, del Título Preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de octubre,
de Régimen Jurídico del Sector Público, siendo atendida con medios personales, técnicos,
materiales y presupuestarios de las administraciones públicas que la integran.