Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2023061876)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la composición del órgano de selección para la valoración de méritos de participantes en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos al que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
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NÚMERO 94

31084

Jueves 18 de mayo de 2023

RESUELVE:
Primero. Nombrar a las personas integrantes de la Comisión de Baremación relacionadas
en la base IX, que se acompañan en el anexo I de la presente resolución, en referencia a los
procedimientos selectivos regulados según Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección
General de Personal Docente, por la que se convocan procedimientos selectivos de acceso al
Cuerpo de Catedráticos al que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Catedráticos de Escuelas
Oficiales de Idiomas, y cuyas funciones son:
a) Valorar los méritos aportados por las personas solicitantes, según el anexo II. Baremo
para la valoración de méritos, de la Resolución de 24 de abril de 2023.
b) Asignar las puntuaciones provisionales de los méritos aportados por las personas solicitantes.
c) Resolver las reclamaciones presentadas contra las puntuaciones provisionales.
d) Asignar las puntuaciones definitivas de los méritos aportados por las personas aspirantes.
e) E
 levar las puntuaciones definitivas a la Dirección General de Personal Docente, la que
mediante resolución elevará a definitivas las puntuaciones del baremo de méritos.
f) Levantar acta de todas las actuaciones realizadas.
g) Confeccionar el expediente de su actuación para su remisión a la Dirección General de
Personal Docente.
Segundo. De conformidad con lo establecido en el artículo 23.2 del Decreto 287/2007, de 3
de agosto, sobre indemnizaciones por razón de servicio, el personal integrante de las Comisiones de Baremación tendrá la categoría primera.
Tercero. Aquel personal integrante de las Comisiones que se halle incurso en alguna de las
causas previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público, deberá abstenerse de intervenir en el procedimiento, debiendo comunicarlo para su resolución a la Dirección General de Personal Docente por escrito, en el plazo
de diez días naturales contados a partir de la publicación de la presente, en el Diario Oficial
de Extremadura.
Asimismo, según se determina en el artículo 24 de la citada ley, cualquier aspirante que participe en estos procedimientos podrá recusar al personal integrante de las Comisiones por
alguno de los motivos establecidos en el artículo 23 mencionado en el párrafo anterior.