Consejería De Educación Y Empleo. Procesos Selectivos. (2023061876)
Resolución de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se hace pública la composición del órgano de selección para la valoración de méritos de participantes en los procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos al que se refiere la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación.
Página 1 Pág. 1
2 >> Página 2 >>
4 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 94
Jueves 18 de mayo de 2023

31083

RESOLUCIÓN de 12 de mayo de 2023, de la Dirección General de Personal
Docente, por la que se hace pública la composición del órgano de selección
para la valoración de méritos de participantes en los procedimientos selectivos
de acceso al Cuerpo de Catedráticos al que se refiere la Ley Orgánica 2/2006,
de 3 de mayo, de Educación. (2023061876)
Con fecha 28 de abril del 2023 se publicó en el Diario Oficial de Extremadura, número 81, la
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se
convocan procedimientos selectivos de acceso al Cuerpo de Catedráticos a que se refiere la
Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, para el Cuerpo de Catedráticos de Enseñanza Secundaria y de Catedráticos de Escuelas Oficiales de Idiomas.
La base VI, fase de concurso de méritos, establece en su apartado 6.1.1 que la asignación de
la puntuación que corresponda a cada aspirante en la fase de concurso será realizada por el
órgano técnico de valoración a que se alude en la base IX.
La base IX, órganos de selección, de la Resolución de 24 de abril de 2023 señala que, de
acuerdo con lo previsto en el artículo 8.2 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, la
valoración de los méritos aportados por las personas solicitantes será realizada por un órgano
técnico de valoración (Comisión de Baremación), siendo la Administración Educativa convocante la competente en la declaración de las personas seleccionadas en este procedimiento
selectivo.
Esta Comisión de Baremación será la encargada de asignar la puntuación que corresponda a
cada aspirante en la fase de concurso, en la aplicación del baremo de méritos, recogido en el
anexo II de la citada Resolución de 24 de abril de 2023.
El artículo 8.1 del Real Decreto 276/2007, de 23 de febrero, añade que los tribunales o, en
su caso, las comisiones de selección, podrán proponer, de acuerdo con lo que establezcan las
respectivas convocatorias, la incorporación a sus trabajos de personal asesor especialista y
ayudante.
La Comisiones de Baremación estarán integradas por una Presidencia y, al menos, cuatro
vocalías, una de las cuales ejercerá el cargo de Secretaría, siendo su composición publicada
en el Diario Oficial de Extremadura, mediante resolución de la Dirección General de Personal
Docente.
En su virtud, esta Dirección General de Personal Docente de acuerdo con las atribuciones
conferidas,