Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061860)
Resolución de 11 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Mejora y modernización de regadíos de la Comunidad de Regantes Canal de Orellana, ubicado en los sectores XVI, XXI, XXII, XXIII, XXVI, XXVIII Y XXX de la citada comunidad de regantes, en los términos municipales de Campo Lugar y Miajadas (Cáceres), Don Benito y Santa Amalia (Badajoz)", cuya promotora es la Comunidad de Regantes Canal de Orellana. Expte.: IA22/1089.
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NÚMERO 93
Miércoles 17 de mayo de 2023

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el Decreto 19/1997, de 4 de febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones de
Extremadura y la Ley 37/2003, de 17 de noviembre, del Ruido.


— Referente a la gestión de los residuos generados tanto en fase de construcción como
de explotación del proyecto, se deberá atender a lo dispuesto en la Ley 7/2022, de
8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular.



— Si durante el desarrollo de los trabajos o la actividad se detectara la presencia o molestias a alguna especie de fauna o flora silvestre incluida en el Catálogo de Especies
Amenazadas de Extremadura (Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que se regula
el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura, y Decreto 78 /2018,
de 5 de junio, por el que se modifica el Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el que
se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura), y/o en el
Catálogo Español de Especies Amenazadas (Real Decreto 139/2011, de 4 de febrero,
para el desarrollo del Listados de Especies Silvestres en Régimen de Protección Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), que pudiera verse afectada
por los mismos, se paralizará inmediatamente la actividad y se estará a lo dispuesto
por el personal de la Dirección General de Sostenibilidad (Agentes del Medio Natural,
y/o técnicos del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas), previa comunicación de tal circunstancia.

4.2. Medidas en la fase de construcción.


— Se procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto.



— No se trabajará en la acequia A-XXIII-F entre los meses de marzo a junio (inclusive),
para evitar la afección a sisones en reproducción.



— Deberá obtener la correspondiente licencia de obras, para las obras a realizar en los
términos municipales afectados.



— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales, así como establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo
y acopios.



— En caso necesario, se eliminarán los elementos vegetales imprescindibles para la
ejecución de las obras, respetando el arbolado autóctono que estuviera presente sin
emplear herbicidas por el alto riesgo de contaminación de las aguas públicas y el
daño a las poblaciones animales silvestres.