Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Eficiencia Energética. Ayudas. (2023061830)
Resolución de 9 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan las ayudas para la mejora de la eficiencia energética en las Comunidades de Regantes de Extremadura.
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NÚMERO 92
Martes 16 de mayo de 2023

30843

Cuando se produzca empate en la puntuación obtenida por la Comisión de Valoración, se
tendrá en cuenta para ordenar las solicitudes la mayor puntuación obtenida en el criterio 6
“Ahorro del consumo energético proveniente de la red, respecto a la situación actual”. De
persistir el mismo, se atenderá a la puntuación obtenida conforme al criterio 3 “Número de
regantes”.
Décimo. Propuesta de resolución.
1. U
 na vez instruido el procedimiento, el órgano instructor formulará propuesta de resolución
provisional, que no se separará del sentido del informe de la Comisión de Valoración, debidamente motivada, que se notificará a las entidades interesadas al objeto de que puedan
formular las alegaciones que estimen oportunas en un plazo de 10 días hábiles.
Asimismo, la Comunidad de Regantes remitirá a la Unidad Territorial de Población y Desarrollo Rural de Badajoz la designación del personal técnico competente que llevará a cabo
la Dirección de las Obras y la Coordinación de Seguridad y Salud.
Examinadas las alegaciones presentadas, en su caso, por las entidades interesadas, el
órgano instructor formulará propuesta de resolución definitiva, la cual se elevará al órgano
competente para su resolución definitiva.
La Jefatura de la Unidad Territorial de Población y Desarrollo Rural de Badajoz designará
una Dirección Facultativa Supervisora encargada de realizar el informe técnico de supervisión del proyecto presentado, quien comprobará que las inversiones y certificaciones
expedidas por la Dirección de Obra se corresponden con el proyecto aprobado, hará un
seguimiento de las mismas y certificará su finalización.
2. L
 a Comunidad de Regantes podrá iniciar las obras siempre y cuando la Dirección Facultativa
Supervisora compruebe en una visita, que las inversiones objeto de subvención no han sido
iniciadas, sin que suponga en ningún caso, la resolución favorable definitiva de la persona
titular de la Secretaría General de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población
y Territorio.
Undécimo. Resolución.
1. C
 umplidos todos los requisitos, la persona titular de la Secretaría General de la Consejería
de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio o en su caso el órgano en quien delegue, a propuesta del Servicio de Regadíos y previo informe de la Comisión de Valoración,
dictará y notificará la resolución correspondiente, siempre que exista dotación presupuestaria, en el plazo máximo de seis (6) meses contados a partir de la fecha de publicación
de esta resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, la cual será noti-