Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061826)
Resolución de 3 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe ambiental estratégico, en la forma prevista en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, de la modificación puntual n.º 1/2021 de las Normas Subsidiarias de Valverde de Leganés. Expte.: IA22/1696.
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NÚMERO 92
Martes 16 de mayo de 2023

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4. Medidas necesarias para la integración ambiental de la modificación.
Deberán tenerse en cuenta las consideraciones y medidas propuestas por las diferentes
Administraciones públicas afectadas y personas interesadas consultadas.
Cualquier proyecto de actividad que se pretenda realizar o esté realizado en el suelo afectado por la presente modificación puntual deberá contar con los instrumentos de intervención ambiental pertinentes, según lo establecido en la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que permitan establecer
los sistemas de prevención de impactos por emisiones, inmisiones o vertidos de sustancias
o mezclas potencialmente contaminantes.
Cumplimiento de lo establecido por la Confederación Hidrográfica del Guadiana, respecto a
cauces, zona de servidumbre, zona de policía y riesgo de inundación, respecto al consumo
de agua en el municipio, respecto a las redes de saneamiento, depuración y vertido y respecto a lo indicado sobre la existencia o inexistencia de recursos suficientes para satisfacer
nuevas demandas hídricas. Las nuevas urbanizaciones, polígonos industriales y desarrollos
urbanísticos en general, deberán introducir sistemas de drenaje sostenible, tales como
superficies y acabados permeables, de forma que el eventual incremento del riesgo de
inundación se mitigue. A tal efecto, el expediente de desarrollo urbanístico deberá incluir
un estudio hidrológico-hidráulico que lo justifique.
5. Conclusiones.
En virtud de lo expuesto, la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería para la
Transición Ecológica y Sostenibilidad considera que no es previsible que la modificación
puntual n.º 1/2021 de las Normas Subsidiarias de Valverde de Leganés vaya a producir
efectos adversos significativos sobre el medio ambiente, razón por la cual se determina la
no necesidad de su sometimiento a evaluación ambiental estratégica ordinaria.
El informe ambiental estratégico se hará público a través del Diario Oficial de Extremadura
y de la página web de la Dirección General de Sostenibilidad (http://extremambiente.juntaex.es), dando cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 52 apartado 3 de la Ley 16/2015,
de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El presente informe perderá su vigencia y cesará en la producción de los efectos que le son
propios si, una vez publicado en el Diario Oficial de Extremadura, no se hubiera procedido
a la aprobación de la modificación puntual propuesta en el plazo máximo de cuatro años.
En este caso, el promotor deberá iniciar nuevamente el procedimiento de evaluación ambiental estratégica simplificada de la modificación puntual.