Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Sanidad. Atención Primaria. (2023040089)
Decreto 47/2023, de 10 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento General de Organización y Funcionamiento de la Atención Primaria de Salud de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 92
Martes 16 de mayo de 2023

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b) Prestar atención sanitaria de forma presencial o no presencial por cuantas fórmulas se
habiliten para la comunicación entre profesionales y pacientes.
c) Mantener comunicación con el resto de profesionales del equipo de conductas adictivas y de los EAP para la valoración de los/las pacientes, seguimiento de su evolución
y evaluación de los cuidados planteados, colaborando con el equipo en la continuidad
asistencial.
d) Realizar una adecuada gestión de la demanda y las agendas de trabajo, adaptándose a
las necesidades concretas de la población asignada y al trabajo en equipo.
e) P
 articipar y coordinarse con los recursos sociales de la administración pública y de las
entidades del tercer sector, en el seguimiento y rehabilitación de pacientes.
f) Colaborar en la supervisión de la reposición de los medicamentos en los botiquines y supervisar el material quirúrgico en el centro de planificación familiar, para que se adecúe
a las necesidades reales de la asistencia sanitaria, así como supervisar y fomentar el uso
responsable de los mismos.
g) Participar en los turnos de Atención Continuada de alguna/s de su/s ZS, una vez establecido por el/la Gerente del Area, en aquellos periodos de tiempo en que las necesidades asistenciales así lo requieran, por no haber posibilidad de sustitución.
Artículo 35. Funciones y responsabilidades del/la trabajador/a social en el equipo
de conductas adictivas.
Son funciones y responsabilidades del/la trabajador/a social en el equipo de conductas adictivas:
a) Prestar atención social a las personas con problemas de conductas adictivas a demanda
y/o concertada en los niveles de intervención individual, familiar, grupal o comunitaria,
incluyendo específicamente la acogida del/la paciente y la familia, y la creación de un
clima de confianza para iniciar una relación terapéutica eficaz y favorecer el éxito del
tratamiento, así como cumplimentar la historia social del/la paciente.
b) Tratar la problemática psicosocial de los/las pacientes y sus familias, tanto en el centro
como en los domicilios, de forma presencial o no presencial por cuantas fórmulas se
habiliten para la comunicación entre profesionales y pacientes.
c) Elaborar el diagnóstico social sanitario y el plan de intervención en los casos que se consideren susceptibles de intervención, y coordinación con las estructuras de coordinación
sociosanitarias cuando sea preciso.