Presidencia De La Junta. Agrupaciones De Entidades Locales. Ayudas. (2023061728)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas al fomento de agrupaciones para el sostenimiento en común de un único puesto de Secretaría-Intervención, durante el ejercicio 2023.
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NÚMERO 90

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Viernes 12 de mayo de 2023

existencia de muchos municipios cuyos recursos son insuficientes para mantener el puesto de
trabajo de secretaría-intervención, el cual está reservado legalmente a personal funcionario
de habilitación de carácter nacional; situación que se agrava dada la escasez de personal funcionario de esta naturaleza. Estos hechos, junto a la dispersión geográfica y la baja población
de muchos municipios extremeños, motivan la constitución de agrupaciones, a cuyo fomento
se dirigen las subvenciones convocadas por esta norma. Por ese motivo, esta actuación se
considera una medida adecuada de la política de la Junta de Extremadura ante el reto demográfico y territorial.
El plazo de resolución y notificación de estas ayudas será de tres meses a partir de la fecha
de la publicación de esta resolución de convocatoria en el Diario Oficial de Extremadura, en
virtud de lo dispuesto en el artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y
simplificación administrativa de Extremadura.
Por todo ello, de conformidad con los artículos 58 y 92.4 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en relación con
la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto.
La presente resolución tiene por objeto la convocatoria de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en común de un único puesto de secretaría-intervención, de acuerdo con las bases
reguladoras aprobadas mediante el Decreto 50/2017 de 18 de abril, por el que se regulan las
ayudas para el fomento de las agrupaciones de entidades locales para el sostenimiento en
común del puesto de secretaría-intervención (DOE n.º 78, de 25 de abril).
Segundo. Actividades subvencionables.
Es objeto de subvención la financiación de gastos de personal, del ejercicio presupuestario
2023, necesarios para la prestación en común de un único puesto de secretaría-intervención
de forma agrupada y como puesto de trabajo independiente o del puesto de trabajo con funciones de auxilio al puesto de secretaría-intervención agrupado.
Tercero. Entidades beneficiarias y requisitos que han de cumplir.
1. Podrán solicitar las subvenciones reguladas en esta resolución:
a) Las agrupaciones de entidades locales constituidas para el mantenimiento en común de
un único puesto de secretaría-intervención.