Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2023061825)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 90
Viernes 12 de mayo de 2023

30371

En caso de ausencia o enfermedad de los anteriores serán suplidos por quien designe la
Presidencia de la Comisión de Valoración.
3. R
 ealizada la evaluación, la Comisión de Valoración ordenará las solicitudes de acuerdo con
la puntuación obtenida y concretará la cuantía de la ayuda para cada comunidad o federación, dentro del límite de crédito fijado en la presente convocatoria y de acuerdo con la
fórmula establecida en el resuelvo siguiente.
No será necesario establecer el orden de prelación anterior cuando el crédito consignado en
la convocatoria fuera suficiente para la cobertura de la totalidad de las mismas.
Noveno. Valoración de las solicitudes presentadas.
1. La Comisión de Valoración puntuará las solicitudes de acuerdo con los siguientes criterios:
a. Criterios de valoración aplicables a las comunidades extremeñas en exterior:


1º. P
 or adquisición de primer equipamiento destinado al funcionamiento de la sede en
aquellas comunidades que hayan sido creadas en los 3 años anteriores a la convocatoria, de acuerdo con los datos de inscripción en el Registro de Comunidades
Extremeñas en el Exterior: 7 puntos.



2º. P
 or la adquisición de equipamiento para la incorporación o renovación de nuevas
tecnologías de la información y la comunicación, 6 puntos.



3º. P
 or el número de personas asociadas que componen la comunidad extremeña, a
fecha del último día del año anterior al que corresponda la convocatoria de estas
ayudas, de acuerdo a la siguiente proporción:



1. Menos de 60: 2 puntos.



2. Entre 60 y 120: 4 puntos.



3. Más de 120: 6 puntos.



4º. P
 or la existencia de paridad de hombres y mujeres en la Junta Directiva de la comunidad extremeña (proporción entre los géneros entre el 40 % y el 60 %), de
acuerdo con los datos que consten en Registro de Comunidades Extremeñas en el
Exterior: 6 puntos.

b. C
 riterios de valoración aplicables a las federaciones de comunidades extremeñas en el
exterior: