Presidencia De La Junta. Emigración. Ayudas. (2023061825)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se convocan ayudas destinadas a financiar gastos de equipamiento de las comunidades extremeñas en el exterior y sus federaciones, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 90
30376
Viernes 12 de mayo de 2023
en el órgano gestor 02004 (Dirección General de Acción Exterior) posición presupuestaria
G/253C/78000, proyecto de gasto 20160007 “Fortalecimiento de las comunidades y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior” y con fuente de financiación CA de los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023”.
Decimoséptimo. Eficacia.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente a la publicación en el Diario
Oficial de Extremadura de la presente convocatoria y del extracto a que se refiere el artículo
20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Contra la presente resolución de convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en el
artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier
otro que se estime oportuno.
Mérida, 2 de mayo de 2023.
El Secretario General,
FERNANDO BLANCO FERNÁNDEZ
30376
Viernes 12 de mayo de 2023
en el órgano gestor 02004 (Dirección General de Acción Exterior) posición presupuestaria
G/253C/78000, proyecto de gasto 20160007 “Fortalecimiento de las comunidades y federaciones de comunidades extremeñas en el exterior” y con fuente de financiación CA de los
Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para 2023”.
Decimoséptimo. Eficacia.
La presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente a la publicación en el Diario
Oficial de Extremadura de la presente convocatoria y del extracto a que se refiere el artículo
20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
Contra la presente resolución de convocatoria, que agota la vía administrativa, los interesados
podrán interponer recurso potestativo de reposición en el plazo de un mes a contar desde el
día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, según lo previsto en el
artículo 102 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura, conforme a lo dispuesto en el artículo 46.1 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, sin perjuicio de cualquier
otro que se estime oportuno.
Mérida, 2 de mayo de 2023.
El Secretario General,
FERNANDO BLANCO FERNÁNDEZ