Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061766)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Casa rural", cuya promotora es D.ª Antonia Risco Reyes, en el término municipal de Abertura (Cáceres). Expte.: IA22/0521.
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NÚMERO 90
Viernes 12 de mayo de 2023

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obstaculizar los caminos y entradas. El mobiliario exterior, se debe evitar que sea de
materiales inflamables.


— En relación al posible empleo de combustibles (para generación electricidad, calefacción etc.), se indica que, todos los depósitos de combustibles y redes de distribución
de los mismos, ya sean enterrados o aéreos, deberán ir debidamente sellados y
estancos para evitar igualmente su infiltración a las aguas subterráneas. Estas instalaciones deben pasar periódicamente sus pruebas de estanqueidad. Lo mismo se
ha de aplicar para todas las instalaciones de almacenamiento y distribución de otras
sustancias susceptibles de contaminar el medio hídrico.



— La iluminación exterior se dirigirá hacia abajo y se procurará utilizar bombillas de
bajo consumo, con objeto de minimizar la posible contaminación lumínica derivada y
las molestias a la fauna silvestre del entorno. Evitar la contaminación lumínica nocturna por farolas o focos. Usar preferentemente iluminación en puntos bajos apantallados o cualquier otra fórmula que garantice la discreción paisajística nocturna.



— Mantener la vegetación natural en las lindes de la parcela para alimento y refugio
de biodiversidad. Se recomienda incrementar su superficie con setos vegetales
y bandas florales permanentes en el perímetro de las parcelas agrícolas u otras
zonas no utilizadas.



— Se respetará el arbolado autóctono existente en la parcela. En caso de necesitar la corta de algún pie se comunicará previamente a la Dirección General de Política Forestal.



— No podrán utilizarse productos fitosanitarios como herbicidas para el control de la
vegetación espontanea, por el riesgo de contaminación de las aguas, de propagación
de especies invasoras (Conyza sp.), y afecciones a la fauna.



— En las revegetaciones no se podrán emplear especies introducidas y/o potencialmente
invasoras, con el objetivo de evitar riesgos en relación a invasiones biológicas. Se tendrá en cuenta que las plantas no sean ninguna de las contempladas en el Real Decreto
630/2013, por el que se regula el catálogo español de especies exóticas invasoras.

c. Medidas de integración paisajística.


— Adecuada integración paisajística de cualquier edificación, construcción y/o instalación proyectada (colores naturales, evitar materiales reflectantes como galvanizados
en depósitos, cubiertas, etc.), justificando su adecuación a las características naturales y culturales del paisaje, respetándose respetarse el campo visual y la armonía
del conjunto.