Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Relaciones De Puestos De Trabajo. (2023040088)
Decreto 46/2023, de 10 de mayo, por el que se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio.
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NÚMERO 90

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Viernes 12 de mayo de 2023

la aprobación de las relaciones de puestos de trabajo de la Junta de Extremadura, establecen
que el órgano competente para su aprobación es el Consejo de Gobierno.
Resulta asimismo de aplicación el artículo 3 del Decreto 29/1994, de 7 de marzo, por el que
se establecen criterios para la elaboración, modificación o actualización de relaciones de puestos de trabajo; siendo además requisitos de la tramitación el estudio e informe previos de la
Comisión Técnica a que se refiere el artículo 5 del referido texto legal y la negociación con las
Centrales Sindicales en aquellas materias que sean objeto de negociación colectiva conforme
a la normativa vigente.
En su virtud, a propuesta de la Vicepresidenta y Consejera de Hacienda y Administración
Pública, previo estudio e informe de la Comisión Técnica de las Relaciones de Puestos de
Trabajo, habiendo sido objeto de negociación en la mesa correspondiente de la Junta de
Extremadura, con el correspondiente informe favorable en materia presupuestaria sobre el
alcance económico de los cambios y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas, y
previa deliberación del Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura, en su sesión de 10
de mayo de 2023,
DISPONGO:
Primero. Modificación de la relación de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el anexo I para la modificación
de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Segundo. Amortización de puestos de trabajo de personal laboral.
Se modifica la relación de puestos de trabajo de personal laboral de la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio, según figura en el anexo II para la amortización
de los puestos de trabajo que en el mismo se incluyen.
Tercero. Efectos.
El presente decreto surtirá efectos a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario
Oficial de Extremadura.
Cuarto. Impugnación.
Contra el presente decreto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer con carácter
potestativo recurso de reposición ante el Consejo de Gobierno de la Junta de Extremadura,
en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación de la misma en el