Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061755)
Resolución de 26 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de planta de gestión de residuos peligrosos y no peligrosos, cuyo promotor es Julio Lavado Lavado, en el término municipal de Montijo. Expte.: IA22/0164.
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NÚMERO 89
Jueves 11 de mayo de 2023
30124
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la autorización ambiental unificada respectivamente, correspondiendo al Ayuntamiento de Montijo y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas materias.
4.2. Medidas en fase de construcción.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio, así como se controlará las emisiones de gases y contaminantes de los vehículos y maquinaria utilizados en la obra, mediante su correspondiente
revisión y la continua puesta a punto.
— Para evitar niveles de inmisión elevados de partículas en suspensión durante la fase
de obras, se procederá al riego sistemático de las superficies que puedan provocar
este tipo de contaminación.
— Las áreas donde se desarrollen trabajos de obra deberán estar dotadas de bidones y
otros elementos adecuados de recogida de residuos sólidos y líquidos de obra (aceites, grasa, piezas sustituidas, etc.), así como las basuras generadas por el personal
empleado. Los elementos de recogida se ubicarán lo más lejos posible de los cauces
de aguas de escorrentía más próximos.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones
temporales durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la zona de
actuación.
— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad.
Jueves 11 de mayo de 2023
30124
Especial y del Catálogo Español de Especies Amenazadas), se notificará al personal
técnico de la Dirección General de Sostenibilidad y al agente del Medio Natural de la
zona que darán las indicaciones oportunas.
— Respecto a la ubicación y construcción, se atendrá a lo establecido en la normativa
urbanística y en la autorización ambiental unificada respectivamente, correspondiendo al Ayuntamiento de Montijo y a la Dirección General de Sostenibilidad las competencias en estas materias.
4.2. Medidas en fase de construcción.
— Todas las maniobras de mantenimiento de la maquinaria deberán realizarse en instalaciones adecuadas para ello (cambios de aceite, etc.), evitando los posibles vertidos
accidentales al medio, así como se controlará las emisiones de gases y contaminantes de los vehículos y maquinaria utilizados en la obra, mediante su correspondiente
revisión y la continua puesta a punto.
— Para evitar niveles de inmisión elevados de partículas en suspensión durante la fase
de obras, se procederá al riego sistemático de las superficies que puedan provocar
este tipo de contaminación.
— Las áreas donde se desarrollen trabajos de obra deberán estar dotadas de bidones y
otros elementos adecuados de recogida de residuos sólidos y líquidos de obra (aceites, grasa, piezas sustituidas, etc.), así como las basuras generadas por el personal
empleado. Los elementos de recogida se ubicarán lo más lejos posible de los cauces
de aguas de escorrentía más próximos.
— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales. Para la ubicación del parque temporal de maquinaria u otras ocupaciones
temporales durante la obra, se evitará generar explanaciones fuera de la zona de
actuación.
— No se permitirá el funcionamiento de ninguna fuente sonora cuyo nivel de recepción
externa sobrepase, al límite de parcela, los niveles máximos permitidos en la legislación vigente.
— Los residuos producidos se gestionarán por gestor autorizado conforme a la Ley 7/2022,
de 8 de abril, de residuos y suelos contaminados para una economía circular. Deberán habilitarse las correspondientes áreas de almacenamiento de los residuos en
función de su tipología, clasificación y compatibilidad.