Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. (2023040075)
Decreto 35/2023, de 19 de abril, por el que se aprueba el Catálogo del Sistema Público de Servicios Sociales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
201 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 89
Jueves 11 de mayo de 2023
29946
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil
y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de Protección y Atención
a Menores de Extremadura.
Ley 14/ 2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de
Extremadura.
Contacto/Enlaces web de Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y
interés
Familias
C/ Antonio Rodríguez Moñino, 2 A. C.P. 06800 Mérida
Teléfono: 924 00 88 00
e- mail: politica.social@salud-juntaex.es
web: http://www.juntaex.es
https://quenometoque.es/
Denominación
Nivel de atención social
Descripción
2.1.1.32. Expedición de Título de Familia Numerosa
Especializada
La familia como núcleo fundamental de la sociedad,
desempeña múltiples funciones sociales, que la hacen
merecedora de una protección específica tal como señalan
numerosos instrumentos internacionales, entre los que
destacan la Declaración Universal de Derechos Humanos y
la Carta Social Europea.
En la Exposición de la Ley 40/2003 de Protección a las
familias numerosas la familia se define como el núcleo
fundamental de la sociedad, no uno más, sino el principal.
Esto significa la constatación de una realidad comunitaria,
que contribuye como ninguna otra a la estructuración y
desarrollo personal y social de los individuos y de las
sociedades. Si la definición engloba a las familias en
general, aún más se puede afirmar de las familias
numerosas.
Las innumerables y muy variadas funciones que
desempeñan las familias numerosas hacen que estemos
ante una institución social fundamental. Esta importancia
debe ir acompañada por el merecido reconocimiento
público, social y económico.
La familia, entendida como una unidad, aporta múltiples
cuestiones a cada uno de sus miembros y a la sociedad en
general, por lo que es obligado que la Administración
Pública se ocupe de colectivos de especial atención.
Las familias cuidan de sus miembros atendiendo a las
necesidades propias de su situación (menores, mayores,
con discapacidad, enfermos, etc.). Estas necesidades son
de muy diversa índole: necesidades físico-biológicas como
la alimentación, la higiene y la salud, necesidades
cognitivas, afectivas y sociales. De igual forma las familias
cumplen una importante función de enlace entre
Jueves 11 de mayo de 2023
29946
Ley Orgánica 1/1996, de 15 de enero, de Protección
Jurídica del Menor, de modificación parcial del Código Civil
y de la Ley de Enjuiciamiento Civil.
Ley 4/1994, de 10 de noviembre, de Protección y Atención
a Menores de Extremadura.
Ley 14/ 2015, de 9 de abril, de Servicios Sociales de
Extremadura.
Contacto/Enlaces web de Dirección General de Servicios Sociales, Infancia y
interés
Familias
C/ Antonio Rodríguez Moñino, 2 A. C.P. 06800 Mérida
Teléfono: 924 00 88 00
e- mail: politica.social@salud-juntaex.es
web: http://www.juntaex.es
https://quenometoque.es/
Denominación
Nivel de atención social
Descripción
2.1.1.32. Expedición de Título de Familia Numerosa
Especializada
La familia como núcleo fundamental de la sociedad,
desempeña múltiples funciones sociales, que la hacen
merecedora de una protección específica tal como señalan
numerosos instrumentos internacionales, entre los que
destacan la Declaración Universal de Derechos Humanos y
la Carta Social Europea.
En la Exposición de la Ley 40/2003 de Protección a las
familias numerosas la familia se define como el núcleo
fundamental de la sociedad, no uno más, sino el principal.
Esto significa la constatación de una realidad comunitaria,
que contribuye como ninguna otra a la estructuración y
desarrollo personal y social de los individuos y de las
sociedades. Si la definición engloba a las familias en
general, aún más se puede afirmar de las familias
numerosas.
Las innumerables y muy variadas funciones que
desempeñan las familias numerosas hacen que estemos
ante una institución social fundamental. Esta importancia
debe ir acompañada por el merecido reconocimiento
público, social y económico.
La familia, entendida como una unidad, aporta múltiples
cuestiones a cada uno de sus miembros y a la sociedad en
general, por lo que es obligado que la Administración
Pública se ocupe de colectivos de especial atención.
Las familias cuidan de sus miembros atendiendo a las
necesidades propias de su situación (menores, mayores,
con discapacidad, enfermos, etc.). Estas necesidades son
de muy diversa índole: necesidades físico-biológicas como
la alimentación, la higiene y la salud, necesidades
cognitivas, afectivas y sociales. De igual forma las familias
cumplen una importante función de enlace entre