Servicio Extremeño De Salud. Recursos Humanos. (2023061752)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección Gerencia, por la que se modifica el Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Organismo Autónomo.
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NÚMERO 88
29821
Miércoles 10 de mayo de 2023
mentarán con las instrucciones y resoluciones que sea necesario para hacerlas efectivas. Por
ello, las líneas y medidas incluidas originariamente por la Resolución de 7 de abril de 2015,
de la Dirección Gerencia, dejarán de aplicarse en aquellos extremos que se contradigan o que
ya estén implementadas en estas nuevas líneas adicionales.
Por todo lo expuesto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, aprobado por Decreto 221/2008, de 24 de
octubre, una vez negociado en la Mesa Sectorial de Sanidad, esta Dirección Gerencia
RESUELVE:
Primero. Dejar sin efecto la resolución de prórroga del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Organismo Autónomo de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud
de 15 de diciembre de 2021 publicada en el DOE de 29 de diciembre de 2021, a partir de la
publicación de esta resolución.
Segundo. Modificar el Plan de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de Salud, aprobado
por Resolución de la Dirección Gerencia 7 de abril de 2015, con las nuevas líneas de actuación
y darle nueva vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, con independencia de que durante
ese tiempo se pueda proceder a la modificación o sustitución de alguna de las medidas que lo
conforman y de la posibilidad de prórroga recogida en el capítulo 2 del Plan.
Tercero. Incluir en el Plan vigente un anexo II con los datos actualizados de plantilla, un anexo III con la proyección de jubilaciones de los años 2023 a 2027 y, como anexo IV, el capítulo
9 del Plan que recoge las nuevas líneas de actuación.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el Director Gerente, en el plazo de un mes de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa que resulte
competente a tenor de los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, citada.
Mérida, 27 de abril de 2023.
El Director Gerente,
CECILIANO FRANCO RUBIO
29821
Miércoles 10 de mayo de 2023
mentarán con las instrucciones y resoluciones que sea necesario para hacerlas efectivas. Por
ello, las líneas y medidas incluidas originariamente por la Resolución de 7 de abril de 2015,
de la Dirección Gerencia, dejarán de aplicarse en aquellos extremos que se contradigan o que
ya estén implementadas en estas nuevas líneas adicionales.
Por todo lo expuesto, en virtud de lo dispuesto en el artículo 4.l) de los Estatutos del Organismo Autónomo Servicio Extremeño de Salud, aprobado por Decreto 221/2008, de 24 de
octubre, una vez negociado en la Mesa Sectorial de Sanidad, esta Dirección Gerencia
RESUELVE:
Primero. Dejar sin efecto la resolución de prórroga del Plan de Ordenación de Recursos Humanos del Organismo Autónomo de la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño de Salud
de 15 de diciembre de 2021 publicada en el DOE de 29 de diciembre de 2021, a partir de la
publicación de esta resolución.
Segundo. Modificar el Plan de Recursos Humanos del Servicio Extremeño de Salud, aprobado
por Resolución de la Dirección Gerencia 7 de abril de 2015, con las nuevas líneas de actuación
y darle nueva vigencia hasta el 31 de diciembre de 2027, con independencia de que durante
ese tiempo se pueda proceder a la modificación o sustitución de alguna de las medidas que lo
conforman y de la posibilidad de prórroga recogida en el capítulo 2 del Plan.
Tercero. Incluir en el Plan vigente un anexo II con los datos actualizados de plantilla, un anexo III con la proyección de jubilaciones de los años 2023 a 2027 y, como anexo IV, el capítulo
9 del Plan que recoge las nuevas líneas de actuación.
Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, se podrá interponer potestativamente recurso de reposición, ante el Director Gerente, en el plazo de un mes de acuerdo
con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o bien recurso contencioso-administrativo ante el órgano de la jurisdicción contencioso-administrativa que resulte
competente a tenor de los artículos 8 y 10 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el
día siguiente a su publicación de conformidad con lo establecido en el artículo 46 de la Ley
29/1998, de 13 de julio, citada.
Mérida, 27 de abril de 2023.
El Director Gerente,
CECILIANO FRANCO RUBIO