Consejería De Agricultura, Desarrollo Rural, Población Y Territorio. Planeamiento. (2023AC0018)
Acuerdo de 16 de febrero de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de modificación puntual n.º 2 del Plan General Municipal de Berrocalejo (M-003), para definir de forma pormenorizada los usos agropecuarios y establecer sus condiciones de implantación en el suelo no urbanizable.
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NÚMERO 88
29730
Miércoles 10 de mayo de 2023
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA:
1. Aprobar definitivamente el expediente epigrafiado.
2. P
ublicar este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, en la sede electrónica y en el
Portal deTransparencia de la Junta de Extremadura (artículo 69 del RGLOTUS).
Como anexo I al acuerdo se publicará la normativa urbanística afectada resultante de la aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 25.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015,
también se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo, en el que, con la
identificación de la empresa o técnico redactor del proyecto y su correspondiente cualificación
empresarial o profesional, se recoja las características esenciales de la nueva ordenación,
junto con un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales.
Y como anexo III se publicará el certificado del responsable del Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura, en el que se hará constar la fecha y n.º de inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado (artículo 69.1
del RGLOTUS).
Contra este acuerdo que tiene carácter normativo no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículos 10 y 46 de Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 15 de marzo de 2023.
V.º B.º
Presidenta de la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio
de Extremadura
EULALIA ELENA MORENO DE
ACEVEDO YAGÜE
Secretario de la Comisión de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de
Extremadura
FÉLIX JESÚS BARBANCHO ROMERO
29730
Miércoles 10 de mayo de 2023
En su virtud, esta Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, vistos
los preceptos legales citados y demás de pertinente aplicación,
ACUERDA:
1. Aprobar definitivamente el expediente epigrafiado.
2. P
ublicar este acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura, en la sede electrónica y en el
Portal deTransparencia de la Junta de Extremadura (artículo 69 del RGLOTUS).
Como anexo I al acuerdo se publicará la normativa urbanística afectada resultante de la aprobación de la presente modificación.
Por otro lado, y a los efectos previstos en el artículo 25.3 del Real Decreto Legislativo 7/2015,
también se acompañará un anexo II contemplativo de un resumen ejecutivo, en el que, con la
identificación de la empresa o técnico redactor del proyecto y su correspondiente cualificación
empresarial o profesional, se recoja las características esenciales de la nueva ordenación,
junto con un extracto explicativo de sus posibles aspectos ambientales.
Y como anexo III se publicará el certificado del responsable del Registro Único de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de Extremadura, en el que se hará constar la fecha y n.º de inscripción con la que se ha procedido al depósito previo del documento aprobado (artículo 69.1
del RGLOTUS).
Contra este acuerdo que tiene carácter normativo no cabe recurso en vía administrativa (artículo 112.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas), y solo podrá interponerse recurso contencioso-administrativo
ante la Sala de igual nombre del Tribunal Superior de Justicia de Extremadura en el plazo de
dos meses contados desde el día siguiente a su publicación (artículos 10 y 46 de Ley 29/1998,
de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa).
Mérida, 15 de marzo de 2023.
V.º B.º
Presidenta de la Comisión de
Urbanismo y Ordenación del Territorio
de Extremadura
EULALIA ELENA MORENO DE
ACEVEDO YAGÜE
Secretario de la Comisión de Urbanismo
y Ordenación del Territorio de
Extremadura
FÉLIX JESÚS BARBANCHO ROMERO