Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061750)
Resolución de 27 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Desvío de un tramo de la LAMT 3111-15-"Riegos Tiétar" de la STR "Cerrocincho", de 20 kV, entre los apoyos 5010-1 y 5019 de la misma", a realizar en el término municipal de Navalmoral de la Mata (Cáceres), cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA23/0246.
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NÚMERO 87
Martes 9 de mayo de 2023
29572
— Con fecha de 24 de abril de 2023, la Confederación Hidrográfica del Tajo indica en su informe que, en lo referente a zonas protegidas, la línea se halla en el área de captación de la
zona sensible “Embalse de Torrejón-Tiétar-ES030ZSENESCM550” y en la zona de abastecimiento “Jaraíz de la Vera – Tiétar - ES030ZCCM0000000498”.
En cuanto a las aguas superficiales, según la cartografía consultada, la línea se encuentra
próxima (e intercepta en algunos casos) del arroyo Santa María, del río Palancoso y de
algunos de los afluentes de este último. Al respecto, hacen una serie de indicaciones en el
ámbito de su competencia, en concreto en lo relativo a dominio público hidráulico, zona de
servidumbre y zona de policía, las cuales serán incluidas en el condicionado del presente
informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 24 de abril de 2023, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite informe en el que indica que consideran que la ejecución de las actividades previstas para el
desvío planteado de la línea aérea de media tensión LAMT 3111-15 “Riegos Tiétar” supondría una leve afección al medio forestal debido a que en la zona donde se ha proyectado
parece que solo afectaría a algunos pies arbóreos que no se eliminarían, sino que con una
intervención de poda se podría solventar. Por ello, siempre y cuando se respete tanto el arbolado como el regenerado presente en la zona, si lo hubiera, y se cumpla el condicionado
técnico establecido, informan favorablemente la actividad desde el punto de vista forestal.
Las medidas establecidas en su informe se incluirán en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
Tercero. Análisis según los criterios del anexo X.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, según
los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto de desvío conllevará la construcción de una línea eléctrica con un tramo aéreo
y un tramo subterráneo. La longitud del trazado proyectado será de 3.186 metros.
El tramo aéreo tendrá una longitud de 2.791 metros y discurrirá por 21 apoyos nuevos a
instalar. Tendrá su origen en el nuevo apoyo A1 a instalar y finalizará en el apoyo A19, a
instalar bajo la LAMT “Riegos Tiétar”, entre los apoyos n.º 5019 (a desmontar) y n.º 5020
Martes 9 de mayo de 2023
29572
— Con fecha de 24 de abril de 2023, la Confederación Hidrográfica del Tajo indica en su informe que, en lo referente a zonas protegidas, la línea se halla en el área de captación de la
zona sensible “Embalse de Torrejón-Tiétar-ES030ZSENESCM550” y en la zona de abastecimiento “Jaraíz de la Vera – Tiétar - ES030ZCCM0000000498”.
En cuanto a las aguas superficiales, según la cartografía consultada, la línea se encuentra
próxima (e intercepta en algunos casos) del arroyo Santa María, del río Palancoso y de
algunos de los afluentes de este último. Al respecto, hacen una serie de indicaciones en el
ámbito de su competencia, en concreto en lo relativo a dominio público hidráulico, zona de
servidumbre y zona de policía, las cuales serán incluidas en el condicionado del presente
informe de impacto ambiental.
— Con fecha de 24 de abril de 2023, el Servicio de Ordenación y Gestión Forestal emite informe en el que indica que consideran que la ejecución de las actividades previstas para el
desvío planteado de la línea aérea de media tensión LAMT 3111-15 “Riegos Tiétar” supondría una leve afección al medio forestal debido a que en la zona donde se ha proyectado
parece que solo afectaría a algunos pies arbóreos que no se eliminarían, sino que con una
intervención de poda se podría solventar. Por ello, siempre y cuando se respete tanto el arbolado como el regenerado presente en la zona, si lo hubiera, y se cumpla el condicionado
técnico establecido, informan favorablemente la actividad desde el punto de vista forestal.
Las medidas establecidas en su informe se incluirán en el condicionado del presente informe de impacto ambiental.
Tercero. Análisis según los criterios del anexo X.
Una vez analizada la documentación que obra en el expediente, y considerando las respuestas recibidas a las consultas practicadas, se realiza el siguiente análisis para determinar la
necesidad de sometimiento del proyecto al procedimiento de evaluación de impacto ambiental
ordinaria previsto en la subsección 1.ª de la sección 2.ª del capítulo VII, del título I, según
los criterios del anexo X, de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura.
3.1. Características del proyecto.
El proyecto de desvío conllevará la construcción de una línea eléctrica con un tramo aéreo
y un tramo subterráneo. La longitud del trazado proyectado será de 3.186 metros.
El tramo aéreo tendrá una longitud de 2.791 metros y discurrirá por 21 apoyos nuevos a
instalar. Tendrá su origen en el nuevo apoyo A1 a instalar y finalizará en el apoyo A19, a
instalar bajo la LAMT “Riegos Tiétar”, entre los apoyos n.º 5019 (a desmontar) y n.º 5020