Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061735)
Resolución de 2 de mayo de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura y la Excma. Diputación Provincial de Badajoz para la mejora en la prestación del servicio público de bibliotecas y de fomento de la lectura.
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NÚMERO 87
29456
Martes 9 de mayo de 2023
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA,
TURISMO Y DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA EXCMA.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ PARA LA MEJORA EN LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIBLIOTECAS Y DE FOMENTO DE LA LECTURA.
19 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte:
D. Pedro Alvarado Rodríguez, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado
por Decreto 79/2019, de 23 de julio (DOE núm. 142, de 24 de julio), actuando en el ejercicio
de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 150, de 5 de agosto) y por Resolución de 26 de julio de 2019, de la
Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm. 146, de 30
de julio) y previa autorización del Consejo de Gobierno de fecha 12 abril de 2023.
Y de otra:
D. Miguel Ángel Gallardo Miranda, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz,
en virtud de las facultades que le confiere el artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, autorizado para la firma del presente documento
mediante Acuerdo de Junta de Gobierno de la Diputación de fecha 28 de febrero de 2023.
MANIFIESTAN
Primero. Corresponde a la Comunidad de Extremadura, dentro del marco constitucional
establecido y en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1.48 de su Estatuto de Autonomía, la
competencia exclusiva en materia de bibliotecas de interés para la Comunidad Autónoma que
no sean de titularidad estatal
Asimismo, la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes en el ámbito de sus competencias
y de acuerdo con los objetivos marcados en el Estatuto de Autonomía, lleva a cabo, entre
otras actividades, facilitar la participación de los extremeños en la vida política, económica,
cultural y social de Extremadura en un contexto de libertad, justicia y solidaridad entre todos
los extremeños.
Segundo. La Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura, en su artículo 11
establece que “En los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se consig-
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Martes 9 de mayo de 2023
CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA CONSEJERÍA DE CULTURA,
TURISMO Y DEPORTES DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y LA EXCMA.
DIPUTACIÓN PROVINCIAL DE BADAJOZ PARA LA MEJORA EN LA PRESTACIÓN
DEL SERVICIO PÚBLICO DE BIBLIOTECAS Y DE FOMENTO DE LA LECTURA.
19 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte:
D. Pedro Alvarado Rodríguez, Secretario General de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes de la Junta de Extremadura, cargo que ostenta en virtud de nombramiento efectuado
por Decreto 79/2019, de 23 de julio (DOE núm. 142, de 24 de julio), actuando en el ejercicio
de las competencias que tiene atribuidas por el Decreto 87/2019, de 2 de agosto, por el que
se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de
Extremadura (DOE núm. 150, de 5 de agosto) y por Resolución de 26 de julio de 2019, de la
Consejera, por la que se delegan competencias en diversas materias (DOE núm. 146, de 30
de julio) y previa autorización del Consejo de Gobierno de fecha 12 abril de 2023.
Y de otra:
D. Miguel Ángel Gallardo Miranda, Presidente de la Excma. Diputación Provincial de Badajoz,
en virtud de las facultades que le confiere el artículo 34.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril,
Reguladora de las Bases de Régimen Local, autorizado para la firma del presente documento
mediante Acuerdo de Junta de Gobierno de la Diputación de fecha 28 de febrero de 2023.
MANIFIESTAN
Primero. Corresponde a la Comunidad de Extremadura, dentro del marco constitucional
establecido y en virtud de lo dispuesto en el artículo 9.1.48 de su Estatuto de Autonomía, la
competencia exclusiva en materia de bibliotecas de interés para la Comunidad Autónoma que
no sean de titularidad estatal
Asimismo, la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes en el ámbito de sus competencias
y de acuerdo con los objetivos marcados en el Estatuto de Autonomía, lleva a cabo, entre
otras actividades, facilitar la participación de los extremeños en la vida política, económica,
cultural y social de Extremadura en un contexto de libertad, justicia y solidaridad entre todos
los extremeños.
Segundo. La Ley 2/2022, de 1 de abril, de bibliotecas de Extremadura, en su artículo 11
establece que “En los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Extremadura se consig-