Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061714)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Sociedad Española de Estudios Clásicos para subvencionar la organización y el desarrollo de la XVII Olimpiada de Lenguas Clásicas y la XIV Olimpiada de Mundo Clásico en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 86

29249

Lunes 8 de mayo de 2023

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN Y EMPLEO DE LA JUNTA
DE EXTREMADURA Y LA SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ESTUDIOS CLÁSICOS
PARA SUBVENCIONAR LA ORGANIZACIÓN Y EL DESARROLLO DE LA XVII
OLIMPIADA DE LENGUAS CLÁSICAS Y LA XIV OLIMPIADA DE MUNDO
CLÁSICO EN LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EXTREMADURA.
Mérida, 25 de abril de 2023.
REUNIDOS
De una parte, el Ilmo. Sr. D. Francisco Javier Amaya Flores, Secretario General de Educación
de la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue
nombrado por Decreto del Presidente 30/2020, de 2 de julio (DOE núm. 128, de 3 de julio),
en el ejercicio de las competencias delegadas por Resolución de 13 de noviembre de 2019, de
la Secretaría General, sobre delegación de determinadas competencias y delegación de firma
(DOE núm. 223, de 19 de noviembre).
De otra, D. Jesús de la Villa Polo, con DNI ***8136***, Presidente de la Sociedad Española
de Estudios Clásicos, con NIF G28715704, haciendo uso de la autorización que le confiere el
artículo 12 de los Estatutos de dicha Sociedad.
En el ejercicio de las facultades propias de sus cargos, ambas partes se reconocen recíprocamente capacidad para obligarse en los términos del presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
1. Q
 ue el artículo 10.4 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura
establece que “Corresponde a la Comunidad Autónoma de Extremadura la competencia de
desarrollo legislativo y ejecución de la educación y enseñanza en toda su extensión, niveles, grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización y control
de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional, de las
actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
2. Que la Sociedad Española de Estudios Clásicos (S.E.E.C.) tiene entre sus fines la promoción y
difusión de los estudios clásicos en todos los aspectos, literarios, lingüísticos, históricos, filosóficos, didácticos, etc., incluidos el humanismo y la tradición clásica desde la Edad Media hasta
nuestros días, que por su propia naturaleza son de carácter filantrópico, y la colaboración con
las instituciones nacionales y extranjeras que cultiven o fomenten estos mismos estudios.
3. Q
 ue desde el año 2008, fecha en que suscribieron el primer convenio, la Consejería de Educación y Empleo de la Junta de Extremadura y la Sociedad Española de Estudios Clásicos,
colaboran para desarrollar las olimpiadas de lenguas clásicas y mundo clásico.