Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061712)
Resolución de 28 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de cesión de uso gratuito de local entre el Excmo. Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros (Badajoz) y el Servicio Extremeño Público de Empleo para la ubicación temporal del Centro de Empleo de la citada localidad.
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NÚMERO 86
Lunes 8 de mayo de 2023
29245
— Usar el bien cedido destinándola al uso pactado.
— Encargarse de la limpieza, mantenimiento, conservación y reparación, en su caso.
El Ayuntamiento se compromete a:
— Asumir los gastos corrientes derivados del funcionamiento y uso de las instalaciones en
las que se va a ubicar el SEXPE de manera temporal, tales como suministro de agua,
energía eléctrica y otros derivados del desempeño de la actividad.
— Poner a disposición del SEXPE el bien cedido en las condiciones óptimas para la ejecución del servicio por parte del organismo autonómico.
Sexta. En el supuesto que resultase necesario realizar en los espacios cedidos por parte del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros actuaciones de adecuación del local, a efectos de optimizar el mismo para el cumplimiento de los fines del organismo, el Ayuntamiento manifiesta
su conformidad con el desarrollo de dichas actuaciones, comprometiéndose el SEXPE a asumir
los gastos que éstas pudieran suponer.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Con la finalidad de resolver cuantas discrepancias y dudas surjan en la ejecución de las actuaciones objeto del presente convenio, así como la incorporación, modificación y/o revisión
de las mismas a lo largo del período previsto en su ejecución en aras a la organización de los
servicios contemplados en el territorio, y para su adecuada coordinación, se crea una Comisión de Seguimiento del mismo.
La Comisión de Seguimiento estará formada por 2 representantes de cada una de las partes
que firman el presente convenio, ostentando uno de los representantes del SEXPE el cargo de
Presidente y uno de los representantes del Ayuntamiento el cargo de Secretario.
Corresponde a la Comisión de Seguimiento, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar un seguimiento del cumplimiento de los objetivos del convenio.
— Establecer las medidas correctoras oportunas.
— Aclarar las dudas y controversias que puedan originarse en su interpretación y ejecución.
La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento y se reunirá cuantas veces
se estime necesario, a convocatoria de cualquiera de las partes. Para la válida constitución de
la Comisión de Seguimiento, a efectos de la celebración de reuniones y adopción de acuerdos,
Lunes 8 de mayo de 2023
29245
— Usar el bien cedido destinándola al uso pactado.
— Encargarse de la limpieza, mantenimiento, conservación y reparación, en su caso.
El Ayuntamiento se compromete a:
— Asumir los gastos corrientes derivados del funcionamiento y uso de las instalaciones en
las que se va a ubicar el SEXPE de manera temporal, tales como suministro de agua,
energía eléctrica y otros derivados del desempeño de la actividad.
— Poner a disposición del SEXPE el bien cedido en las condiciones óptimas para la ejecución del servicio por parte del organismo autonómico.
Sexta. En el supuesto que resultase necesario realizar en los espacios cedidos por parte del
Ayuntamiento de Jerez de los Caballeros actuaciones de adecuación del local, a efectos de optimizar el mismo para el cumplimiento de los fines del organismo, el Ayuntamiento manifiesta
su conformidad con el desarrollo de dichas actuaciones, comprometiéndose el SEXPE a asumir
los gastos que éstas pudieran suponer.
Séptima. Comisión de Seguimiento.
Con la finalidad de resolver cuantas discrepancias y dudas surjan en la ejecución de las actuaciones objeto del presente convenio, así como la incorporación, modificación y/o revisión
de las mismas a lo largo del período previsto en su ejecución en aras a la organización de los
servicios contemplados en el territorio, y para su adecuada coordinación, se crea una Comisión de Seguimiento del mismo.
La Comisión de Seguimiento estará formada por 2 representantes de cada una de las partes
que firman el presente convenio, ostentando uno de los representantes del SEXPE el cargo de
Presidente y uno de los representantes del Ayuntamiento el cargo de Secretario.
Corresponde a la Comisión de Seguimiento, entre otras, las siguientes funciones:
— Realizar un seguimiento del cumplimiento de los objetivos del convenio.
— Establecer las medidas correctoras oportunas.
— Aclarar las dudas y controversias que puedan originarse en su interpretación y ejecución.
La Comisión establecerá sus normas internas de funcionamiento y se reunirá cuantas veces
se estime necesario, a convocatoria de cualquiera de las partes. Para la válida constitución de
la Comisión de Seguimiento, a efectos de la celebración de reuniones y adopción de acuerdos,