Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza No Universitaria. Premios. (2023061352)
Resolución de 13 de abril de 2023, de la Secretaría General de Educación, por la que se convocan los Premios Extraordinarios de Bachillerato correspondientes al curso 2022/2023.
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NÚMERO 86
Lunes 8 de mayo de 2023
29317
Séptimo. Comisión de Valoración.
1. La Comisión de Valoración será nombrada por el Secretario General de Educación y será
objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Estará constituida por funcionarios de la Consejería con competencias en educación que ejerzan la función inspectora o de
profesorado de Educación Secundaria, especialistas de las diversas materias que puedan
tratarse en las distintas pruebas. Actuará como secretario/a de la Comisión de Valoración
un/a funcionario/a de la Consejería de Educación y Empleo, con voz pero sin voto.
2. La Comisión de Valoración podrá contar con la colaboración de asesores especialistas.
3. La Comisión de Valoración se ajustará, en cuanto a su constitución y funcionamiento, a lo
previsto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los miembros de la comisión
de valoración estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los ar
tículos 23 y 24 de dicha ley.
4. L
a comisión de valoración elaborará la relación provisional con las calificaciones obtenidas
en las pruebas celebradas el 13 de junio, y su publicación deberá realizarse en el Portal
Educativo Extremeño (Educarex), antes del día 26 de junio, para que, en el plazo de 5 días
hábiles, dicho alumnado pueda presentar las reclamaciones que considere oportunas. Las
reclamaciones desestimadas serán notificadas a las personas interesadas con indicación
del motivo. Una vez atendidas estas, la comisión publicará en el mismo lugar la relación
definitiva.
5. A
la vez que se hace pública la relación provisional de calificaciones, se publicará conjuntamente la fecha de la siguiente prueba; el ejercicio oral, cuyo contenido se explicita en
el resuelvo quinto, apartado 3 d), para los quince candidatos o candidatas que, hubieran
obtenido una mejor puntuación promedio en las primeras pruebas realizadas, ( comentario
de texto, análisis de un texto en la primera lengua extranjera cursada, y dos pruebas o
ejercicios sobre dos materias elegidas), posteriormente, se elaborará un listado provisional con las notas alcanzadas en esta segunda prueba, ejercicio oral, abriéndose de nuevo
un plazo de 5 días hábiles, para reclamaciones donde el alumnado podrá presentar las
reclamaciones que estime oportunas. Una vez atendidas estas, la comisión publicará en el
mismo lugar la relación definitiva de calificaciones.
6. La Comisión, atendidas las alegaciones, remitirá, antes del 31 de julio, el informe vinculante sobre el que se elaborará la propuesta definitiva de adjudicación, acompañada de las
actas de calificación correspondientes, al Servicio de Coordinación Educativa de la Secretaría General de Educación.
Lunes 8 de mayo de 2023
29317
Séptimo. Comisión de Valoración.
1. La Comisión de Valoración será nombrada por el Secretario General de Educación y será
objeto de publicación en el Diario Oficial de Extremadura. Estará constituida por funcionarios de la Consejería con competencias en educación que ejerzan la función inspectora o de
profesorado de Educación Secundaria, especialistas de las diversas materias que puedan
tratarse en las distintas pruebas. Actuará como secretario/a de la Comisión de Valoración
un/a funcionario/a de la Consejería de Educación y Empleo, con voz pero sin voto.
2. La Comisión de Valoración podrá contar con la colaboración de asesores especialistas.
3. La Comisión de Valoración se ajustará, en cuanto a su constitución y funcionamiento, a lo
previsto en la sección 3.ª del capítulo II del título preliminar de la Ley 40/2015, de 1 de
octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público. Asimismo, los miembros de la comisión
de valoración estarán sujetos a las causas de abstención y recusación previstas en los ar
tículos 23 y 24 de dicha ley.
4. L
a comisión de valoración elaborará la relación provisional con las calificaciones obtenidas
en las pruebas celebradas el 13 de junio, y su publicación deberá realizarse en el Portal
Educativo Extremeño (Educarex), antes del día 26 de junio, para que, en el plazo de 5 días
hábiles, dicho alumnado pueda presentar las reclamaciones que considere oportunas. Las
reclamaciones desestimadas serán notificadas a las personas interesadas con indicación
del motivo. Una vez atendidas estas, la comisión publicará en el mismo lugar la relación
definitiva.
5. A
la vez que se hace pública la relación provisional de calificaciones, se publicará conjuntamente la fecha de la siguiente prueba; el ejercicio oral, cuyo contenido se explicita en
el resuelvo quinto, apartado 3 d), para los quince candidatos o candidatas que, hubieran
obtenido una mejor puntuación promedio en las primeras pruebas realizadas, ( comentario
de texto, análisis de un texto en la primera lengua extranjera cursada, y dos pruebas o
ejercicios sobre dos materias elegidas), posteriormente, se elaborará un listado provisional con las notas alcanzadas en esta segunda prueba, ejercicio oral, abriéndose de nuevo
un plazo de 5 días hábiles, para reclamaciones donde el alumnado podrá presentar las
reclamaciones que estime oportunas. Una vez atendidas estas, la comisión publicará en el
mismo lugar la relación definitiva de calificaciones.
6. La Comisión, atendidas las alegaciones, remitirá, antes del 31 de julio, el informe vinculante sobre el que se elaborará la propuesta definitiva de adjudicación, acompañada de las
actas de calificación correspondientes, al Servicio de Coordinación Educativa de la Secretaría General de Educación.