Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061720)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "URBASER, SA, y su personal adscrito al centro de trabajo del Ecoparque de Mérida".
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NÚMERO 85
29081
Viernes 5 de mayo de 2023
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA URBASER, SA, Y SU
PERSONAL ADSCRITO AL CENTRO DE TRABAJO DEL ECOPARQUE DE MÉRIDA”
CAPÍTULO I
Normas generales
Artículo 1. Partes que conciertan en Convenio.
El presente Convenio Colectivo se ha suscrito entre la empresa URBASER, SA, y la representación legal de los trabajadores del Ecoparque de Mérida y la representación legal de los
trabajadores compuesta por Federación de CCOO del Hábitat de Extremadura, Federación de
Servicios Públicos de UGT en Extremadura y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios de Extremadura CSIF.
Las partes se reconocen la capacidad legal suficiente para llevar a cabo dichas negociaciones.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todos los trabajadores de la Empresa URBASER, SA, que presten sus servicios en el Ecoparque de Mérida.
Artículo 3. Vigencia, duración y prórroga.
El presente Convenio tendrá una duración de 3 años, del 1 de enero de 2022 hasta el 31 de
diciembre de 2024, quedando automáticamente denunciado a la terminación del mismo.
Respecto a los efectos económicos del presente convenio, entrarán igualmente en vigor el 1
de enero de 2022, por lo que las cantidades correspondientes a los atrasos generados por
este concepto se abonarán en la nómina del mes siguiente a su firma.
Artículo 4. Condiciones.
Las condiciones establecidas en este Convenio forman un todo indivisible y a efecto de su
aplicación práctica serán consideradas globalmente y en su cómputo anual, sin que quepa la
aplicación de una normativa aislada sobre condiciones anteriores.
Artículo 5. Compensación y absorción.
Las retribuciones y demás condiciones establecidas en este Convenio compensarán y absorberán todas las existentes en el momento de su entrada en vigor cualquiera que sea la naturaleza y origen de las mismas.
29081
Viernes 5 de mayo de 2023
CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO DE LA EMPRESA URBASER, SA, Y SU
PERSONAL ADSCRITO AL CENTRO DE TRABAJO DEL ECOPARQUE DE MÉRIDA”
CAPÍTULO I
Normas generales
Artículo 1. Partes que conciertan en Convenio.
El presente Convenio Colectivo se ha suscrito entre la empresa URBASER, SA, y la representación legal de los trabajadores del Ecoparque de Mérida y la representación legal de los
trabajadores compuesta por Federación de CCOO del Hábitat de Extremadura, Federación de
Servicios Públicos de UGT en Extremadura y la Central Sindical Independiente y de Funcionarios de Extremadura CSIF.
Las partes se reconocen la capacidad legal suficiente para llevar a cabo dichas negociaciones.
Artículo 2. Ámbito de aplicación.
El presente Convenio Colectivo será de aplicación a todos los trabajadores de la Empresa URBASER, SA, que presten sus servicios en el Ecoparque de Mérida.
Artículo 3. Vigencia, duración y prórroga.
El presente Convenio tendrá una duración de 3 años, del 1 de enero de 2022 hasta el 31 de
diciembre de 2024, quedando automáticamente denunciado a la terminación del mismo.
Respecto a los efectos económicos del presente convenio, entrarán igualmente en vigor el 1
de enero de 2022, por lo que las cantidades correspondientes a los atrasos generados por
este concepto se abonarán en la nómina del mes siguiente a su firma.
Artículo 4. Condiciones.
Las condiciones establecidas en este Convenio forman un todo indivisible y a efecto de su
aplicación práctica serán consideradas globalmente y en su cómputo anual, sin que quepa la
aplicación de una normativa aislada sobre condiciones anteriores.
Artículo 5. Compensación y absorción.
Las retribuciones y demás condiciones establecidas en este Convenio compensarán y absorberán todas las existentes en el momento de su entrada en vigor cualquiera que sea la naturaleza y origen de las mismas.