Consejería De Educación Y Empleo. Convenios Colectivos. (2023061720)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Trabajo, por la que se ordena la inscripción en el Registro de Convenios y Acuerdos Colectivos de Trabajo de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se dispone la publicación del texto del Convenio Colectivo de Trabajo de la empresa "URBASER, SA, y su personal adscrito al centro de trabajo del Ecoparque de Mérida".
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NÚMERO 85

29096

Viernes 5 de mayo de 2023

Los delegados de personal podrán, fuera de las horas de trabajo y sin perturbar la actividad
normal de la empresa, informar a sus compañeros sobre cuestiones laborales y sindicales en
el ámbito del centro de trabajo. Asimismo, podrán fijar comunicados de carácter laboral y
sindical en el tablón de anuncios habilitado por la empresa.
Los/as trabajadores/as tienen derecho a celebrar asambleas, fuera del horario de trabajo, en
el recinto del centro de trabajo previa autorización de la empresa.
Para asuntos sindicales de importancia, que requiriesen el asesoramiento de los Sindicatos
o Centrales Sindicales, se posibilitaría el acceso a los centros de trabajo a Representantes
Sindicales, no pertenecientes a la empresa, previa notificación y autorización de la misma.
CAPÍTULO VII
Seguridad y salud
Artículo 26. Marco normativo.
Partiendo de lo establecido en la Constitución Española y en las disposiciones específicas contenidas en el Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 octubre, por el que se aprueba el texto
refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, el marco legal en materia de Seguridad
y Salud será el formado por la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos
Laborales y la normativa que desarrolla dicha Ley, en especial y con carácter general, el Reglamento de los Servicios de Prevención, aprobado por el RD 39/1997, de 17 de enero.
Artículo 27. Prevención de Riesgos Laborales.
Las actuaciones en materia de prevención tendrán por objeto la promoción de la mejora de
las condiciones de trabajo dirigidas a elevar el nivel de protección de seguridad y salud de los
trabajadores en el trabajo.
La elaboración de la política preventiva se llevará a cabo con la participación de los trabajadores a través de sus representantes en materia de prevención, con sujeción a la normativa
vigente.
La Empresa mantendrá una política activa de prevención de riesgos de sus trabajadores,
mediante la aplicación y desarrollo de un sistema de gestión para la prevención de riesgos
laborales. Ello comprende fundamentalmente:
a) Evitar los riesgos.
b) Evaluar los riesgos que no pueden ser evitados.