Consejería De Movilidad, Transporte Y Vivienda. Viviendas. Ayudas. (2023061715)
Extracto de la Resolución de 21 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se convoca la ayuda autonómica destinada a financiar los costes de gestión de las Entidades del Tercer Sector derivados de su colaboración en el programa estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables, para 2023.
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NÚMERO 85
Viernes 5 de mayo de 2023
29116
EXTRACTO de la Resolución de 21 de abril de 2023, de la Secretaría General,
por la que se convoca la ayuda autonómica destinada a financiar los costes
de gestión de las Entidades del Tercer Sector derivados de su colaboración
en el programa estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables,
para 2023. (2023061715)
BDNS(Identif.):691622
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
1. P
odrán obtener la condición de beneficiaria de las ayudas a las Entidades del Tercer Sector en Extremadura definidas en el artículo 2 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del
Tercer Sector Social en Extremadura, las entidades que cumplan los requisitos que seguidamente se relacionan:
a) Que resulten beneficiarias de las ayudas del Programa regulado en la Orden de 18 de
diciembre de 2020.
b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Hacienda General de la Comunidad Autónoma, así como de sus obligaciones con la Administración de la Seguridad Social.
2. N
o podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en quienes concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
El programa de subvenciones que se convoca tiene por objeto financiar los gastos de gestión
de las Entidades del Tercer Sector beneficiarias de las ayudas del Programa regulado en la
Orden de 18 de diciembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas
objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.
Viernes 5 de mayo de 2023
29116
EXTRACTO de la Resolución de 21 de abril de 2023, de la Secretaría General,
por la que se convoca la ayuda autonómica destinada a financiar los costes
de gestión de las Entidades del Tercer Sector derivados de su colaboración
en el programa estatal de alquiler para personas especialmente vulnerables,
para 2023. (2023061715)
BDNS(Identif.):691622
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3 b) y 20.8 a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria, cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/es/index) y en el presente DOE.
Primero. Beneficiarios.
1. P
odrán obtener la condición de beneficiaria de las ayudas a las Entidades del Tercer Sector en Extremadura definidas en el artículo 2 de la Ley 10/2018, de 22 de noviembre, del
Tercer Sector Social en Extremadura, las entidades que cumplan los requisitos que seguidamente se relacionan:
a) Que resulten beneficiarias de las ayudas del Programa regulado en la Orden de 18 de
diciembre de 2020.
b) Hallarse al corriente de sus obligaciones tributarias con la Hacienda Estatal y la Hacienda General de la Comunidad Autónoma, así como de sus obligaciones con la Administración de la Seguridad Social.
2. N
o podrán obtener la condición de entidad beneficiaria aquellas en quienes concurran algunas de las circunstancias previstas en el artículo 12.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo,
de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Segundo. Objeto.
El programa de subvenciones que se convoca tiene por objeto financiar los gastos de gestión
de las Entidades del Tercer Sector beneficiarias de las ayudas del Programa regulado en la
Orden de 18 de diciembre de 2020, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones del programa de ayudas a las mujeres víctimas de violencia de género, personas
objeto de desahucio de su vivienda habitual, personas sin hogar y otras personas especialmente vulnerables.