Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061581)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación sustancial, al proyecto de industria dedicada a la molturación de aceitunas para la obtención de aceite de oliva virgen y repaso de orujos, así como gestión de los efluentes en balsas de evaporación, cuya promotora es Grupo Inversor Ecológico Bomar, SL, en el término municipal de Lobón.
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023

28516

RESOLUCIÓN de 24 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad,
por la que se otorga autorización ambiental unificada, incluida su modificación
sustancial, al proyecto de industria dedicada a la molturación de aceitunas
para la obtención de aceite de oliva virgen y repaso de orujos, así como
gestión de los efluentes en balsas de evaporación, cuya promotora es Grupo
Inversor Ecológico Bomar, SL, en el término municipal de Lobón. (2023061581)
ANTECEDENTES DE HECHO
Primero. Con fecha 6 de febrero de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta
de Extremadura, la solicitud de modificación sustancial de autorización ambiental unificada
(AAU), del expediente AAU 18/235, para industria dedicada a la molturación de aceitunas
para la obtención de aceite de oliva virgen y repaso de orujos, así como gestión de los efluentes en balsas de evaporación en el término municipal de Lobón y promovida por Grupo Inversor Ecológico Bomar, SL, con CIF B-84697606.
Segundo. La actividad a desarrollar consiste en la ampliación de una fábrica dedicada a la
molturación de aceitunas para la obtención de aceite de oliva virgen y repaso de orujos. La
capacidad de molturación de la industria pasará a ser de 1.150.000 kg/día, siendo la capacidad de producción de aceite de oliva de 10.350 toneladas/año (45 días de campaña) y 230
toneladas/día. Además, se realiza el repaso de 800.000 kg/día de orujos. Esta actividad está
incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental
de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en las categorías 3.2.b. y 9.1. del
anexo II.
La almazara y su ampliación se emplazará en las parcelas catastrales 76, 77, 78, 79, 131 y
81 del polígono 14 del término municipal de Lobón. Las parcelas poseen una superficie total
de 93.482 m².
Tercero. Conforme a lo establecido en el artículo 16.3 de Ley 16/2015, de 23 de abril, de
protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Dirección General de
Sostenibilidad (DGS) remite copia del expediente al Ayuntamiento de Lobón con fecha 28 de
febrero de 2023, solicitándole un informe sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia.
Cuarto. La DGS, tal como establece el artículo 16.3 de Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, realiza la información pública
del expediente mediante Anuncio de fecha 28 de febrero de 2023 publicado en el DOE número
50, de 14 de marzo de 2023, así como en la página web del órgano ambiental.
Quinto. El Arquitecto Técnico del Ayuntamiento de Lobón emite informe con fecha 10 de
marzo de 2023.