Consejería De Educación Y Empleo. Empleo. Ayudas. (2023050100)
Orden de 24 de abril de 2023 por la que se modifica la Orden de 9 de noviembre de 2020 por la que se regula el programa de ayudas a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo.
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023
28258
El artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura establece, como regla general, que el plazo máximo de notificación de
la resolución en todos los procedimientos de competencia de los órganos, organismos y entidades de la Administración pública autonómica, será de tres meses, computados conforme
a lo establecido en la normativa básica estatal. Por ello, procede la modificación de las bases
reguladoras vigentes en lo que se refiere al plazo de resolución.
Por otro lado, la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de
respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos,
incluye en su capítulo VI medidas en materia de subvenciones, con la finalidad de establecer
la necesidad del consentimiento expreso para que las acreditaciones se realicen de oficio y
unificar el régimen de sustitución de las certificaciones por declaraciones responsables, siendo
necesaria la modificación de las bases reguladoras vigentes.
La presente disposición se adecúa a los principios de buena regulación, de conformidad con
lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con
los informes previos de la Abogacía General y de la Intervención General,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación de la Orden de 9 de noviembre de 2020 por la que se regula
el programa de ayudas a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo.
Se modifica la Orden de 9 de noviembre de 2020 por la que se regula el programa de ayudas
a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo, en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos:
“1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente orden, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en la misma:
— Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Grupos de acción local de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Entidades sin ánimo de lucro privadas con personalidad jurídica propia y que tengan en
su objeto social la gestión de programas de formación y/o empleo o que acrediten experiencia en la gestión de políticas activas de empleo de al menos dos años en los últimos
Miércoles 3 de mayo de 2023
28258
El artículo 40 de la Ley 4/2022, de 27 de julio, de racionalización y simplificación administrativa de Extremadura establece, como regla general, que el plazo máximo de notificación de
la resolución en todos los procedimientos de competencia de los órganos, organismos y entidades de la Administración pública autonómica, será de tres meses, computados conforme
a lo establecido en la normativa básica estatal. Por ello, procede la modificación de las bases
reguladoras vigentes en lo que se refiere al plazo de resolución.
Por otro lado, la Ley 5/2022, de 25 de noviembre, de medidas de mejora de los procesos de
respuesta administrativa a la ciudadanía y para la prestación útil de los servicios públicos,
incluye en su capítulo VI medidas en materia de subvenciones, con la finalidad de establecer
la necesidad del consentimiento expreso para que las acreditaciones se realicen de oficio y
unificar el régimen de sustitución de las certificaciones por declaraciones responsables, siendo
necesaria la modificación de las bases reguladoras vigentes.
La presente disposición se adecúa a los principios de buena regulación, de conformidad con
lo establecido en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En su virtud, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 36 y 92.1 de la Ley 1/2002, de 28
de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, con
los informes previos de la Abogacía General y de la Intervención General,
DISPONGO:
Artículo único. Modificación de la Orden de 9 de noviembre de 2020 por la que se regula
el programa de ayudas a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo.
Se modifica la Orden de 9 de noviembre de 2020 por la que se regula el programa de ayudas
a la innovación metodológica en materia de políticas de empleo, en los siguientes términos:
Uno. Se modifica el apartado 1 del artículo 4, que queda redactado en los siguientes términos:
“1. Podrán ser beneficiarias de las subvenciones previstas en la presente orden, de acuerdo con los requisitos y condiciones establecidos en la misma:
— Diputaciones Provinciales de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Grupos de acción local de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
— Entidades sin ánimo de lucro privadas con personalidad jurídica propia y que tengan en
su objeto social la gestión de programas de formación y/o empleo o que acrediten experiencia en la gestión de políticas activas de empleo de al menos dos años en los últimos