Consejería De Sanidad Y Servicios Sociales. Servicios Sociales. Subvenciones. (2023040079)
Decreto 38/2023, de 26 de abril, por el que se acuerda de forma singular la concesión directa de subvenciones para el sostenimiento económico y financiero de determinadas entidades prestadoras de servicios especializados a personas con discapacidad y desarrollo de proyectos de atención directa a personas con trastorno mental grave o enfermedad mental grave en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 83
Miércoles 3 de mayo de 2023

28235

— Nóminas en las que conste el abono de los atrasos y los correspondientes justificantes
de su pago, documento acreditativo del pago de los seguros sociales, así como del ingreso pertinente a la Hacienda estatal.
Para aquellas entidades que, a lo largo del año 2022, presentaron los documentos
anteriormente referidos, y que no fueron tenidos en cuenta para justificar los gastos
subvencionables de los proyectos y servicios objeto de las resoluciones indicadas en el
artículo 1, bastará con aportar un certificado indicando esta circunstancia a fin de que
el órgano gestor constate dicho extremo.
— Adoptar las medidas de publicidad de acuerdo con lo establecido en el artículo siguiente
y en cumplimiento del apartado 3 del artículo 17 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de
Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Artículo 9. Obligaciones de las entidades beneficiarias.
Las entidades beneficiarias deberán cumplir, además de las obligaciones establecidas en el
artículo 13 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, las medidas de identificación, publicidad e información públicas previstas
en el Decreto 50/2001, de 3 de abril, sobre medidas adicionales de gestión de inversiones
financiadas con ayudas de la Junta de Extremadura y del Decreto 7/2002, de 29 de enero, de
la imagen corporativa de la Junta de Extremadura.
Artículo 10. Publicidad de las subvenciones concedidas.
1. L
 as subvenciones concedidas se publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el
Portal de Subvenciones de la Comunidad Autónoma, de conformidad con lo dispuesto en
los artículos 17 y 20 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad
Autónoma de Extremadura, indicándose el programa y crédito presupuestario al que se
imputan, la entidad beneficiaria, la cantidad concedida y la finalidad de la subvención.
2. Igualmente, serán publicadas en la Base de Datos Nacional de Subvenciones, a tenor de
lo previsto en el artículo 20.8 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones y en el Portal de la Transparencia de la Junta de Extremadura, según se establece
en el artículo 11 de la Ley 4/2013, de 21 de mayo, de Gobierno Abierto de Extremadura.
Artículo 11. Protección de datos.
El tratamiento de los datos de carácter personal que se deriven de la gestión de esta subvención
se llevará a cabo de conformidad con lo establecido en el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativo a la protección de las personas