Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061485)
Resolución de 24 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Junta de Extremadura y la Diputación Provincial de Cáceres para materializar la financiación de actuaciones contra la exclusión financiera contemplada en la Ley 3/2022, de 17 de marzo, de medidas ante el reto demográfico y territorial de Extremadura.
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NÚMERO 82
27953
Martes 2 de mayo de 2023
rá a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. En relación con la aportación de la Consejería, finalizado el convenio,
procederá el reintegro por parte de la Diputación a favor de la Junta de Extremadura de
las cantidades percibidas que no hayan sido aplicadas al objeto del mismo o no hayan sido
debidamente justificadas.
Para la exigencia del reintegro se estará a lo dispuesto en la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura y demás normativa que le sea de aplicación
en virtud de la materia.
3. No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso, las partes podrán acordar la continuación y finalización
de las actuaciones que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para
su finalización.
Novena. Protección de datos.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de
diciembre de 2018), así como de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal (BOE del 14 de diciembre de 1999) en la parte no derogada
y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el reglamento de
desarrollo (BOE del 19 de diciembre de 2007).
Se adjunta como Anexo II al presente convenio las pautas a seguir relativas al tratamiento de
la seguridad de la información y protección de datos personales.
Décima. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico-administrativo, con expreso sometimiento de las partes a la
jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad y para que conste a los efectos oportunos, ambas partes suscriben el presente convenio por triplicado ejemplar.
La Consejera de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio,
El Presidente de la
Diputación de Cáceres,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL
CARLOS CARLOS RODRÍGUEZ
27953
Martes 2 de mayo de 2023
rá a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico
del Sector Público. En relación con la aportación de la Consejería, finalizado el convenio,
procederá el reintegro por parte de la Diputación a favor de la Junta de Extremadura de
las cantidades percibidas que no hayan sido aplicadas al objeto del mismo o no hayan sido
debidamente justificadas.
Para la exigencia del reintegro se estará a lo dispuesto en la Ley 5/2007, de 19 de abril,
General de Hacienda Pública de Extremadura y demás normativa que le sea de aplicación
en virtud de la materia.
3. No obstante lo anterior, si cuando concurra cualquiera de las causas de resolución del convenio existen actuaciones en curso, las partes podrán acordar la continuación y finalización
de las actuaciones que consideren oportunas, estableciendo un plazo improrrogable para
su finalización.
Novena. Protección de datos.
Las partes firmantes se obligan al cumplimiento de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales (BOE del 6 de
diciembre de 2018), así como de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección
de Datos de Carácter Personal (BOE del 14 de diciembre de 1999) en la parte no derogada
y del Real Decreto 1720/2007, de 21 de diciembre por el que se aprueba el reglamento de
desarrollo (BOE del 19 de diciembre de 2007).
Se adjunta como Anexo II al presente convenio las pautas a seguir relativas al tratamiento de
la seguridad de la información y protección de datos personales.
Décima. Régimen jurídico.
El presente convenio tiene naturaleza administrativa, rigiendo en su interpretación y desarrollo el ordenamiento jurídico-administrativo, con expreso sometimiento de las partes a la
jurisdicción contencioso-administrativa.
Y, en prueba de conformidad y para que conste a los efectos oportunos, ambas partes suscriben el presente convenio por triplicado ejemplar.
La Consejera de Agricultura,
Desarrollo Rural, Población y Territorio,
El Presidente de la
Diputación de Cáceres,
BEGOÑA GARCÍA BERNAL
CARLOS CARLOS RODRÍGUEZ