Consejería De Cultura, Turismo Y Deportes. Federaciones Deportivas. (2023061584)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Deportes, por la que se aprueba el texto refundido del Estatuto de la Federación Extremeña de Fútbol, se autoriza su inscripción en el Registro General de Entidades Deportivas de Extremadura y se insta su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023

28118

Al Presidente del Comité lo designa y revoca el Presidente de la Federación Extremeña. Existirá una Junta de Gestión formada por un mínimo de cuatro personas. El nombramiento de la
misma corresponde a la Junta Directiva de la Federación Extremeña de Fútbol, una vez oído
al Presidente del Comité.
La estructura y funcionamiento del Comité de Árbitros será regulada reglamentariamente.
Artículo 53. El Comité de Entrenadores es el Órgano técnico de la Federación Extremeña de
Fútbol que, con subordinación al Presidente de dicha Federación, ostentará el gobierno y administración de la organización de entrenadores en Extremadura.
Al Presidente del Comité lo designa y revoca el Presidente de la Federación Extremeña. Existirá una Junta de Gestión formada por un mínimo de cuatro personas número máximo de seis
personas. El nombramiento de las mismas corresponde a la Junta Directiva de la Federación
Extremeña de Fútbol, una vez oído al Presidente del Comité.
La estructura y funcionamiento del Comité de Entrenadores será regulado reglamentariamente.
Artículo 54. Comité de Fútbol Sala de la Federación Extremeña de Fútbol, es el órgano al que
compete la promoción, gestión organización y dirección de la especialidad de Fútbol Sala, con
subordinación al Presidente de la Federación Extremeña.
Al Presidente del Comité de Fútbol Sala lo designa y revoca el Presidente de la Federación
Extremeña, su composición y régimen de funcionamiento se establecerá reglamentariamente.
Las actividades deportivas de Fútbol Sala se regirán por un orden de Competición y disciplinario especifico.
Artículo 55. Comité de Fútbol Playa de la Federación Extremeña de Fútbol, es el órgano al que
compete la promoción, gestión organización y dirección de la especialidad de Fútbol Playa,
con subordinación al Presidente de la Federación Extremeña.
Al Presidente del Comité de Fútbol Playa lo designa y revoca el Presidente de la Federación
Extremeña, su composición y régimen de funcionamiento se establecerá reglamentariamente.
Las actividades deportivas de Fútbol Playa se regirán por un orden competicional y disciplinario especifico.
Artículo 56. El Secretario General de la Federación Extremeña de Fútbol será designado y revocado por la Asamblea General a propuesta del Presidente de la Federación, y que, además
de ejercer las funciones de Secretario de las Actas y acuerdos, así como de los archivos de la
Federación, tiene a su cargo la gestión, administración y jefatura de personal de la Federación.