Consejería De Educación Y Empleo. Enseñanza. Becas. (2023061434)
Resolución de 17 de abril de 2023, de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, por la que se convocan becas complementarias para estudiantes de ciclos formativos de grado superior beneficiarios del Programa Erasmus+ 2021-2027 en el marco del programa sectorial europeo Erasmus+ de la Unión Europea para el curso académico 2022/2023.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023
28070
2. P
ara la evaluación y selección de beneficiarios se constituirá una Comisión de Valoración,
que estará compuesta por:
a) Presidente: La persona titular de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, o persona en quien delegue.
b) Vocales: las personas que ostenten las titularidades siguientes:
— Servicio de Formación Profesional Reglada.
— Servicio de Coordinación Educativa.
— Negociado de Programas Europeos.
c) Secretaria: la persona titular de la Sección de Planificación de Formación Profesional.
3. L
os nombramientos serán publicados en el Diario Oficial de Extremadura antes del inicio
de sus actuaciones.
En caso de ausencias, vacante o enfermedad, tanto los vocales como el secretario podrán
ser sustituidos por funcionarios de los departamentos administrativos afectados, de acuerdo con el apartado dos anterior.
4. La Comisión de Valoración se regirá en cuanto a constitución y funcionamiento, por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas para los órganos colegiados y tendrán las siguientes atribuciones:
a) Petición de informes y documentos que se estimen necesarios para un mejor conocimiento y valoración de las solicitudes, dentro de los límites establecidos por el artículo
13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios establecidos.
c) Elaborar el informe en que se concrete el resultado de la evaluación efectuada para elevarlo al órgano instructor que deberá emitir la correspondiente propuesta de resolución.
d) El seguimiento de las becas concedidas a efectos de comprobar que han sido destinadas
a las finalidades para las que fueron otorgadas.
Decimocuarto. Criterios de Selección.
La ordenación de las solicitudes que cumplan los requisitos se hará dentro de los límites presupuestarios establecidos en esta convocatoria, priorizando las solicitudes en función de la
Martes 2 de mayo de 2023
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2. P
ara la evaluación y selección de beneficiarios se constituirá una Comisión de Valoración,
que estará compuesta por:
a) Presidente: La persona titular de la Dirección General de Formación Profesional y Formación para el Empleo, o persona en quien delegue.
b) Vocales: las personas que ostenten las titularidades siguientes:
— Servicio de Formación Profesional Reglada.
— Servicio de Coordinación Educativa.
— Negociado de Programas Europeos.
c) Secretaria: la persona titular de la Sección de Planificación de Formación Profesional.
3. L
os nombramientos serán publicados en el Diario Oficial de Extremadura antes del inicio
de sus actuaciones.
En caso de ausencias, vacante o enfermedad, tanto los vocales como el secretario podrán
ser sustituidos por funcionarios de los departamentos administrativos afectados, de acuerdo con el apartado dos anterior.
4. La Comisión de Valoración se regirá en cuanto a constitución y funcionamiento, por lo dispuesto en la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico de las Administraciones
Públicas para los órganos colegiados y tendrán las siguientes atribuciones:
a) Petición de informes y documentos que se estimen necesarios para un mejor conocimiento y valoración de las solicitudes, dentro de los límites establecidos por el artículo
13 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
b) Evaluación de las solicitudes conforme a los criterios establecidos.
c) Elaborar el informe en que se concrete el resultado de la evaluación efectuada para elevarlo al órgano instructor que deberá emitir la correspondiente propuesta de resolución.
d) El seguimiento de las becas concedidas a efectos de comprobar que han sido destinadas
a las finalidades para las que fueron otorgadas.
Decimocuarto. Criterios de Selección.
La ordenación de las solicitudes que cumplan los requisitos se hará dentro de los límites presupuestarios establecidos en esta convocatoria, priorizando las solicitudes en función de la