Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2023040064)
Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023
27886
de la ayuda por silencio administrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que
estime oportuno.
7. La información sobre las concesiones de subvenciones realizadas al amparo de este
decreto será comunicada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS),
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), en los términos
establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y la normativa de
desarrollo de dicha obligación.
14. Ejecución.
1. Línea operadores:
El plazo de ejecución de los proyectos acogidos a la línea operadores será de 4 meses,
desde la notificación de la resolución de concesión.
2. Línea empresas:
El plazo de ejecución de las memorias acogidas a la línea empresas será de 2 meses,
desde la notificación de la resolución de concesión.
3. La adjudicación y ejecución de las obras, servicios o suministros se ajustará a lo establecido en la legislación vigente en materia de contratos del Sector Público, así como a los
condicionantes que se establecen en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre los procedimientos de contratación.
4. L
a ampliación del plazo para la ejecución de ambas líneas podrá concederse de oficio o
a petición de la persona beneficiaria. La ampliación del plazo de ejecución se concederá
como máximo hasta el 15 de diciembre de 2023. Para proceder a la citada ampliación,
las personas beneficiarias deberán presentar la solicitud con una antelación de al menos
diez días a la fecha de finalización de dicho plazo de ejecución, debiendo detallar:
a)
El estado detallado en el que se encuentra la ejecución de las actividades
subvencionadas.
b) Plazo de tiempo adicional que se solicita como ampliación.
Martes 2 de mayo de 2023
27886
de la ayuda por silencio administrativo, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 121
y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de
las Administraciones Públicas, sin perjuicio de que pueda ejercitarse cualquier otro que
estime oportuno.
7. La información sobre las concesiones de subvenciones realizadas al amparo de este
decreto será comunicada a la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS),
(https://www.pap.hacienda.gob.es/bdnstrans/GE/es/convocatorias), en los términos
establecidos en el artículo 20 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y la normativa de
desarrollo de dicha obligación.
14. Ejecución.
1. Línea operadores:
El plazo de ejecución de los proyectos acogidos a la línea operadores será de 4 meses,
desde la notificación de la resolución de concesión.
2. Línea empresas:
El plazo de ejecución de las memorias acogidas a la línea empresas será de 2 meses,
desde la notificación de la resolución de concesión.
3. La adjudicación y ejecución de las obras, servicios o suministros se ajustará a lo establecido en la legislación vigente en materia de contratos del Sector Público, así como a los
condicionantes que se establecen en la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones
de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sobre los procedimientos de contratación.
4. L
a ampliación del plazo para la ejecución de ambas líneas podrá concederse de oficio o
a petición de la persona beneficiaria. La ampliación del plazo de ejecución se concederá
como máximo hasta el 15 de diciembre de 2023. Para proceder a la citada ampliación,
las personas beneficiarias deberán presentar la solicitud con una antelación de al menos
diez días a la fecha de finalización de dicho plazo de ejecución, debiendo detallar:
a)
El estado detallado en el que se encuentra la ejecución de las actividades
subvencionadas.
b) Plazo de tiempo adicional que se solicita como ampliación.