Consejería De Economía, Ciencia Y Agenda Digital. Agenda Digital. Subvenciones. (2023040064)
Decreto 29/2023, de 29 de marzo, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la única convocatoria.
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NÚMERO 82
Martes 2 de mayo de 2023
27882
mún de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano
o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y no hayan sufrido
alguna modificación desde la última vez que fue presentada o transcurrido más de cinco
años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
Asimismo, no será necesaria la presentación de documentos originales, conforme al artículo
28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
10. Órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de ayudas.
1. El órgano encargado de la ordenación e instrucción del procedimiento será el Servicio de Avance Digital y Telecomunicaciones de la Dirección General de Agenda Digital,
que realizará de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de los cuales debe formularse la
propuesta de resolución.
2. El solicitante de la ayuda facilitará las inspecciones y otros actos de comprobación que
el Servicio competente disponga, y está obligado a aportar los documentos fiscales, tributarios, de carácter contable o de cualquier otra índole que se le requieran, en orden a
la determinación y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse
la resolución de la concesión o la liquidación de la ayuda.
11. Composición de la Comisión de Valoración para la línea operadores.
1. Las solicitudes que presenten un proyecto acogido a la línea operadores serán valoradas
por una Comisión de Valoración constituida al efecto, que emitirá un informe que será
vinculante en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada.
La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:
a) Presidente: Jesús Manuel Jiménez Moreno, titular de la Jefatura de Servicio de Avance Digital y Telecomunicaciones.
b) Vocales:
— Juan Santiago Sánchez Sánchez, titular de la Jefatura de Sección de Telecomunicaciones del Servicio de Avance Digital y Telecomunicaciones, que ejercerá las
funciones de Secretario.
Martes 2 de mayo de 2023
27882
mún de las Administraciones Públicas, siempre que se haga constar la fecha y el órgano
o dependencia en que fueron presentados o, en su caso, emitidos, y no hayan sufrido
alguna modificación desde la última vez que fue presentada o transcurrido más de cinco
años desde la finalización del procedimiento al que correspondan.
Asimismo, no será necesaria la presentación de documentos originales, conforme al artículo
28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
10. Órgano competente para ordenar e instruir el procedimiento de concesión de ayudas.
1. El órgano encargado de la ordenación e instrucción del procedimiento será el Servicio de Avance Digital y Telecomunicaciones de la Dirección General de Agenda Digital,
que realizará de oficio cuantas actuaciones considere necesarias para la determinación,
conocimiento y comprobación de los datos, en virtud de los cuales debe formularse la
propuesta de resolución.
2. El solicitante de la ayuda facilitará las inspecciones y otros actos de comprobación que
el Servicio competente disponga, y está obligado a aportar los documentos fiscales, tributarios, de carácter contable o de cualquier otra índole que se le requieran, en orden a
la determinación y comprobación de los datos en virtud de los cuales deba pronunciarse
la resolución de la concesión o la liquidación de la ayuda.
11. Composición de la Comisión de Valoración para la línea operadores.
1. Las solicitudes que presenten un proyecto acogido a la línea operadores serán valoradas
por una Comisión de Valoración constituida al efecto, que emitirá un informe que será
vinculante en el que se concretará el resultado de la evaluación efectuada.
La Comisión de Valoración estará integrada por los siguientes miembros:
a) Presidente: Jesús Manuel Jiménez Moreno, titular de la Jefatura de Servicio de Avance Digital y Telecomunicaciones.
b) Vocales:
— Juan Santiago Sánchez Sánchez, titular de la Jefatura de Sección de Telecomunicaciones del Servicio de Avance Digital y Telecomunicaciones, que ejercerá las
funciones de Secretario.