Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061466)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Asociación para la Certificación Española PEFC Asociación (PEFC España) por el que se articula la concesión directa de una subvención para la promoción de la certificación forestal "PEFC" en el marco de los Fondos de Recuperación y Resiliencia (MRR) de los Next Generation dentro del Proyecto de planificación de dehesas de pequeño tamaño, por adhesión a modelos de gestión forestal y su certificación forestal sostenible.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023
27520
A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerará incumplimiento total y en consecuencia, procederá el reintegro total de la subvención cuando el importe total justificado de
los gastos y pagos realizados sea igual o inferior al 50%, aplicándose criterios de proporcionalidad en el reintegro en caso de incumplimientos parciales.
Duodécima. Información y publicidad.
Conforme al artículo 34.2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, PEFC España hará mención del origen de esta financiación y velará por darle visibilidad, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que
indique “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”.
Será igualmente preceptivo cumplir con las obligaciones de comunicaciones vinculadas con
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y los fondos europeos que el
Gobierno de España ha publicado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la
que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(artículo 9).
Por lo tanto PEFC España deberá cumplir con las siguientes obligaciones en materia
de publicidad:
a) Las relativas a la financiación del Mecanismo, conforme con la normativa europea y nacional aplicable y, específicamente, con las del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
b) En las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las
inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se
deberán incluir los siguientes logos:
1º. El emblema de la Unión Europea,
2º. Junto a este emblema de la Unión se incluirá el texto “Financiado por la Unión
Europea-Next GenerationUE”. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo
establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación.
Viernes 28 de abril de 2023
27520
A los efectos previstos en el apartado anterior, se considerará incumplimiento total y en consecuencia, procederá el reintegro total de la subvención cuando el importe total justificado de
los gastos y pagos realizados sea igual o inferior al 50%, aplicándose criterios de proporcionalidad en el reintegro en caso de incumplimientos parciales.
Duodécima. Información y publicidad.
Conforme al artículo 34.2 del Reglamento (UE) 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 12 de febrero de 2021, por el que se establece el Mecanismo de Recuperación y
Resiliencia, PEFC España hará mención del origen de esta financiación y velará por darle visibilidad, mediante el emblema de la Unión y una declaración de financiación adecuada que
indique “financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU”.
Será igualmente preceptivo cumplir con las obligaciones de comunicaciones vinculadas con
el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (PRTR) y los fondos europeos que el
Gobierno de España ha publicado en la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la
que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
(artículo 9).
Por lo tanto PEFC España deberá cumplir con las siguientes obligaciones en materia
de publicidad:
a) Las relativas a la financiación del Mecanismo, conforme con la normativa europea y nacional aplicable y, específicamente, con las del artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021,
de 29 de septiembre.
b) En las medidas de información y comunicación de las actuaciones que desarrollan las
inversiones (carteles informativos, placas, publicaciones impresas y electrónicas, material audiovisual, páginas web, anuncios e inserciones en prensa, certificados, etc.), se
deberán incluir los siguientes logos:
1º. El emblema de la Unión Europea,
2º. Junto a este emblema de la Unión se incluirá el texto “Financiado por la Unión
Europea-Next GenerationUE”. Esta publicidad se realizará de conformidad con lo
establecido en el Manual de Marca del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia confeccionado por la Secretaría de Estado de Comunicación.