Consejería De Hacienda Y Administración Pública. Convenios. (2023061466)
Resolución de 20 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio y la Asociación para la Certificación Española PEFC Asociación (PEFC España) por el que se articula la concesión directa de una subvención para la promoción de la certificación forestal "PEFC" en el marco de los Fondos de Recuperación y Resiliencia (MRR) de los Next Generation dentro del Proyecto de planificación de dehesas de pequeño tamaño, por adhesión a modelos de gestión forestal y su certificación forestal sostenible.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023

27519

C.A. de Extremadura, y a través del fondo MMR de conformidad con el artículo 34 del
Reglamento Europeo 2021/241 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se
establece el Mecanismo de Recuperación y Resiliencia, que recoge que “los perceptores
de fondos de la Unión harán mención “del origen de esta financiación y velarán por
darle visibilidad”, incluido, cuando proceda, mediante el uso del emblema de la Unión y
una declaración de financiación adecuada que indique “financiado por la Unión Europea
– NextGenerationEU” y en el artículo 9 de la Orden HFP/1030/2021, de 29 de septiembre, por la que se configura el sistema de gestión del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, que recoge la necesidad de incorporar el logo oficial del Plan de
Recuperación del Reino de España en las iniciativas de comunicación y divulgación de
las actuaciones financiadas con cargo al MRR: “Las actuaciones de comunicación relacionadas con la ejecución del Plan incorporarán el logo oficial del Plan de Recuperación,
Transformación y Resiliencia del Reino de España, en los términos que se comuniquen
por la Autoridad Responsable”.
4. Comunicar a la Consejería de Agricultura, Desarrollo Rural, Población y Territorio o al
organismo público competente la concesión de subvenciones de cualquier ente público
o privado para la misma finalidad.
5. Someterse a la normativa sobre supervisión, seguimiento y control de la subvención,
así como facilitar toda la información requerida por el órgano concedente de la misma
y de los restantes órganos competentes, tanto nacionales como comunitarios, así como
conservar la documentación justificativa de los gastos financiados y su puesta a disposición de la Comisión durante al menos los 3 años siguientes a aquel en que el Organismo
Pagador realice el pago final.
6. C
 umplimiento de la normativa al riesgo de conflicto de interés, en particular a la Orden
HFP/55/2023, de 24 de enero, relativa al análisis sistemático del riesgo de conflicto de
interés en los procedimientos que ejecutan el Plan de Recuperación, Transformación y
Resiliencia.
Undécima. Incumplimientos y reintegros.
Se exigirá el reintegro de la subvención con el interés de demora correspondiente desde el
momento del pago de la subvención, en los casos y en los términos previstos en los artículos
42 a 49 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, sin perjuicio de la aplicación de lo dispuesto en el artículo 41 de la misma.