Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2023061468)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria y se establecen los requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y del profesorado participante.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023

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— Asesorar al alumnado en prácticas externas en cuestiones pedagógicas y didácticas.
— Evaluar el desarrollo de las prácticas externas siguiendo, para ello, criterios y pautas del
plan de prácticas de la escuela o facultad universitaria correspondiente.
5. Entre las funciones del alumnado en prácticas externas, están:
— Solicitar la certificación negativa de delincuentes sexuales antes del inicio de las prácti­
cas externas y enviar dicha información al centro educativo donde se van a realizar las
prácticas.
— Cumplir la normativa vigente sobre prácticas externas establecida por la universidad.
— Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas externas, siguiendo las indica­
ciones de la persona responsable de la tutoría en el centro educativo, bajo la supervisión
de la persona responsable de la tutoría académica de la universidad.
— Mantener contacto con la persona responsable de la tutoría académica de la universi­
dad, durante el desarrollo de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pudie­
ra producirse.
— Incorporarse al centro educativo donde se van a desarrollar las prácticas externas en
la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.
— Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
el centro educativo, conforme a las líneas establecidas en el mismo.
— Elaborar la memoria final de las prácticas externas.
— Guardar confidencialidad, en relación con la información interna del centro educativo,
así como secreto profesional sobre sus actividades durante su estancia y una vez finali­
zada esta.
— Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa sobre la organización y funciona­
miento del centro educativo en el que se desarrollan las prácticas externas.
— El alumnado en prácticas no podrá sustituir al docente tutor debiendo ser considerado
como un colaborador en las actividades educativas.
6. Cobertura de Riesgos: La universidad y/o fundación que haya suscrito o suscriban convenio
de cooperación educativa con la Consejería de Educación y Empleo contendrá la regulación
relativa a los seguros a suscribir por el alumnado en prácticas.