Consejería De Educación Y Empleo. Educación. (2023061468)
Resolución de 19 de abril de 2023, de la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca la selección de centros de formación en prácticas para el desarrollo de las prácticas externas de las titulaciones de Grado en Educación Infantil y Grado en Educación Primaria y se establecen los requisitos para la selección de los centros de formación en prácticas y del profesorado participante.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023
27718
— Asesorar al alumnado en prácticas externas en cuestiones pedagógicas y didácticas.
— Evaluar el desarrollo de las prácticas externas siguiendo, para ello, criterios y pautas del
plan de prácticas de la escuela o facultad universitaria correspondiente.
5. Entre las funciones del alumnado en prácticas externas, están:
— Solicitar la certificación negativa de delincuentes sexuales antes del inicio de las prácti
cas externas y enviar dicha información al centro educativo donde se van a realizar las
prácticas.
— Cumplir la normativa vigente sobre prácticas externas establecida por la universidad.
— Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas externas, siguiendo las indica
ciones de la persona responsable de la tutoría en el centro educativo, bajo la supervisión
de la persona responsable de la tutoría académica de la universidad.
— Mantener contacto con la persona responsable de la tutoría académica de la universi
dad, durante el desarrollo de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pudie
ra producirse.
— Incorporarse al centro educativo donde se van a desarrollar las prácticas externas en
la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.
— Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
el centro educativo, conforme a las líneas establecidas en el mismo.
— Elaborar la memoria final de las prácticas externas.
— Guardar confidencialidad, en relación con la información interna del centro educativo,
así como secreto profesional sobre sus actividades durante su estancia y una vez finali
zada esta.
— Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa sobre la organización y funciona
miento del centro educativo en el que se desarrollan las prácticas externas.
— El alumnado en prácticas no podrá sustituir al docente tutor debiendo ser considerado
como un colaborador en las actividades educativas.
6. Cobertura de Riesgos: La universidad y/o fundación que haya suscrito o suscriban convenio
de cooperación educativa con la Consejería de Educación y Empleo contendrá la regulación
relativa a los seguros a suscribir por el alumnado en prácticas.
Viernes 28 de abril de 2023
27718
— Asesorar al alumnado en prácticas externas en cuestiones pedagógicas y didácticas.
— Evaluar el desarrollo de las prácticas externas siguiendo, para ello, criterios y pautas del
plan de prácticas de la escuela o facultad universitaria correspondiente.
5. Entre las funciones del alumnado en prácticas externas, están:
— Solicitar la certificación negativa de delincuentes sexuales antes del inicio de las prácti
cas externas y enviar dicha información al centro educativo donde se van a realizar las
prácticas.
— Cumplir la normativa vigente sobre prácticas externas establecida por la universidad.
— Conocer y cumplir el proyecto formativo de las prácticas externas, siguiendo las indica
ciones de la persona responsable de la tutoría en el centro educativo, bajo la supervisión
de la persona responsable de la tutoría académica de la universidad.
— Mantener contacto con la persona responsable de la tutoría académica de la universi
dad, durante el desarrollo de las prácticas y comunicarle cualquier incidencia que pudie
ra producirse.
— Incorporarse al centro educativo donde se van a desarrollar las prácticas externas en
la fecha acordada, cumplir el horario previsto en el proyecto educativo y respetar las
normas de funcionamiento, seguridad y prevención de riesgos laborales del mismo.
— Desarrollar el proyecto formativo y cumplir con diligencia las actividades acordadas con
el centro educativo, conforme a las líneas establecidas en el mismo.
— Elaborar la memoria final de las prácticas externas.
— Guardar confidencialidad, en relación con la información interna del centro educativo,
así como secreto profesional sobre sus actividades durante su estancia y una vez finali
zada esta.
— Mostrar, en todo momento, una actitud respetuosa sobre la organización y funciona
miento del centro educativo en el que se desarrollan las prácticas externas.
— El alumnado en prácticas no podrá sustituir al docente tutor debiendo ser considerado
como un colaborador en las actividades educativas.
6. Cobertura de Riesgos: La universidad y/o fundación que haya suscrito o suscriban convenio
de cooperación educativa con la Consejería de Educación y Empleo contendrá la regulación
relativa a los seguros a suscribir por el alumnado en prácticas.