Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Minas. Subvenciones. (2023061394)
Resolución de 14 de abril de 2023, la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento y apoyo de la seguridad minera en Extremadura, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 81

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Viernes 28 de abril de 2023

ción Ecológica y Sostenibilidad la que ostenta la competencia en materia de seguridad minera
(DOE núm. 233, de 3 de diciembre).
El artículo 23 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura establece que la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva se iniciará siempre de oficio mediante convocatoria aprobada por resolución
del titular de la secretaria general competente o a la que estén adscritos los organismos o
entidades públicas vinculadas o dependientes de la misma. Consecuencia de ello, la presente resolución constituye la convocatoria de este tipo de subvenciones, correspondiente a la
anualidad 2023.
Por todo lo expuesto, y en virtud de las atribuciones que por el ordenamiento jurídico me son
conferidas, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
RESUELVO:
Primero. Objeto y bases reguladoras.
El objeto de la presente resolución es realizar la convocatoria, para el ejercicio 2023, de las
ayudas destinadas al fomento y apoyo a la seguridad minera en las empresas que desarrollen
su actividad minera en Extremadura, de conformidad con el Decreto 209/2017, de 28 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para el fomento
y apoyo a la seguridad minera en la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 232,
de 4 de diciembre), posibilitando la aplicación de nuevas tecnologías orientadas a la mejora
de las condiciones laborales en las explotaciones y establecimientos de beneficios, regulados
por la Ley 22/1973, de 21 de julio, de Minas.
Segundo. Actuaciones subvencionables.
1. D
 e conformidad con lo establecido en el artículo 2 del Decreto 209/2017, de 28 de noviembre, las actuaciones subvencionables mediante la presente convocatoria son las inversiones que mejoren la seguridad y la salud en las explotaciones y en los establecimientos
de beneficio, así como en las instalaciones auxiliares vinculadas a los mismos que estén
situadas dentro de un recinto minero, tales como instalaciones eléctricas, hidráulicas, de
protección contra incendios, de emergencia, instalaciones sanitarias, equipos de primeros
auxilios, instalaciones para almacenamiento de combustibles o productos químicos y equipos a presión.
2. S
 e podrá efectuar más de una solicitud por beneficiario, en función de las actuaciones subvencionables a realizar, siempre que las actuaciones solicitadas sean absolutamente inde-