Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Minas. Subvenciones. (2023061394)
Resolución de 14 de abril de 2023, la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para el fomento y apoyo de la seguridad minera en Extremadura, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023

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Decimocuarto. Justificación, liquidación y pago de la subvención.
1. La solicitud de liquidación de la subvención deberá presentarse en el plazo de un mes desde
la finalización de la ejecución de la actividad subvencionada, y siempre dentro del plazo
previsto en el resuelvo décimo de la presente resolución, según el modelo del anexo III,
debiendo ir acompañada de la siguiente documentación en original o copia compulsada:
a) Certificación de ejecución de la actuación subvencionada, suscrito por el director de
obra de la actuación. La actuación certificada ha de coincidir con la memoria técnica
presentada por el beneficiario junto con su solicitud de subvención.
b) En el caso de que el objeto de la solicitud sea la adquisición de bienes de equipos, maquinaria y aplicación de nuevas tecnologías, deberá aportarse, además de lo dispuesto
en el apartado anterior, las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo,
y las certificaciones u homologaciones procedentes.
c) Copia de las tres ofertas solicitadas a diferentes proveedores, cuando el importe del
gasto subvencionable supere las cuantías establecidas en la legislación de Contratos del
Sector público para el contrato menor de conformidad con lo previsto en el artículo 4.2
del decreto regulador de las presentes ayudas.
d) Acreditación gráfica de haber tomado las medidas de publicidad correspondientes según
se establecen en el artículo 19 del Decreto 209/2017, de 28 de noviembre.
e) J ustificantes de la inversión acreditando la efectividad de su pago. Los pagos de facturas
deberán justificarse necesariamente mediante documentos bancarios y su correspondiente justificación de cargo en cuenta (mediante certificado de la entidad bancaria,
listados de movimientos de cuentas o documento de cargo en cuenta).
f) Alta de Terceros debidamente cumplimentada, en caso de no estar dado de alta en el
Subsistema de Terceros de la Junta de Extremadura, donde se indique la cuenta bancaria en la que se ha de ingresar el importe de la subvención.
2. P
 resentada la documentación justificativa de la inversión por el beneficiario y con carácter
previo al pago de la subvención, se realizará visita por Técnico de la Dirección General de
Industria, Energía y Minas a efectos de comprobar las inversiones realizadas y certificar
las actuaciones.
Decimoquinto. Régimen jurídico.
En lo no previsto en la presente convocatoria regirá lo dispuesto en el Decreto 209/2017, de
28 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones para