Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061419)
Resolución de 11 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto "Punto limpio en el polígono 5, parcela 3156, paraje La Casería", a ubicar en el término municipal de Navaconcejo (Cáceres), cuyo promotor es el Ayuntamiento de Navaconcejo. Expte.: IA23/0001.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023

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por el que se establece el régimen jurídico de la producción, posesión y gestión de los
residuos de construcción y demolición en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
4.3. Medidas en fase de explotación.


1. En relación con los vertidos:



— Queda prohibido con carácter general el vertido directo o indirecto de aguas y productos residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier
otro elemento del dominio público hidráulico, salvo que se cuente con la previa
autorización. Dicha autorización corresponde a esta Confederación Hidrográfica
del Tajo, salvo en los casos de vertidos efectuados en cualquier punto de la red de
alcantarillado o de colectores gestionados por las Administraciones autonómicas
o locales o por entidades dependientes de las mismas, en los que la autorización
corresponderá al órgano autonómico o local competente.



— La Confederación Hidrográfica del Tajo no autoriza vertidos individuales al dominio público hidráulico cuando los mismos puedan formar parte de una comunidad
o aglomeración urbana, por lo que, si el vertido de las aguas residuales puede
conducirse a una red general de saneamiento, deberá conectar el vertido a dicha
red de saneamiento.



— En el caso de que haya imposibilidad de conexión a una red general de saneamiento, se deberán unificar (en la medida de lo posible) todos los flujos de aguas
residuales generados en la actividad para su conducción a una única instalación
de tratamiento y evacuación en un único punto de vertido final. Además, desde
la Confederación Hidrográfica del Tajo se indica que, al existir entonces vertido al
dominio público hidráulico, se deberá:



• Realizar la solicitud y declaración general (o simplificada, en su caso) de vertido
a la Confederación Hidrográfica del Tajo, en donde según sea el caso se deberá
proceder en consecuencia y acompañar con la documentación pertinente correspondiente, a tenor de lo dispuesto en la legislación vigente, para la obtención de la autorización de vertido.



• En el caso de que se tratase de una autorización ambiental integrada (AAI), la
tramitación de la autorización de vertido deberá realizarse a través del órgano
Ambiental competente, quien trasladará la documentación y solicitará informe
preceptivo y vinculante en materia de vertidos a la Confederación Hidrográfica
del Tajo.