Consejería De Educación Y Empleo. Red De Escuelas De I+d+i. (2023050098)
Orden de 19 de abril de 2023 por la que se establece la convocatoria para la incorporación de centros educativos sostenidos con fondos públicos de enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma de Extremadura a las Redes de Innovación y Educación para el Desarrollo Sostenible.
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NÚMERO 81
Viernes 28 de abril de 2023

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b) Cumplimentada la solicitud no se podrán realizar enmiendas ni tachaduras en la misma,
dado el tratamiento informático de los datos allí consignados.
c) De acuerdo con lo previsto en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, si la solicitud no
reuniese los requisitos exigidos, se requerirá al interesado para que en el plazo de diez
días subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, indicándole que, si así
no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición, archivándose la misma, previa
resolución que deberá ser dictada en los términos del artículo 21 de la citada ley.
4. Cuando se solicite la pertenencia a más de una Red, los centros educativos presentarán una
única solicitud junto con la documentación anexa.
5. Aquellos centros que participen conjuntamente, deberán presentar un Proyecto de Redes
por cada centro educativo, y para cada una de las modalidades de redes a las que opte.
Artículo 5. Ordenación, instrucción y valoración.
1. La ordenación e instrucción del procedimiento corresponde a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa de la Consejería de Educación y Empleo.
2. E
 l órgano encargado de la instrucción realizará de oficio cuantas acciones estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud de los
cuales debe formularse la propuesta de resolución.
3. La Comisión de Coordinación y Seguimiento, previo informe remitido por las Unidades de
Apoyo, será la encargada de analizar y valorar las solicitudes de los centros educativos
para formar parte de una red, así como emitir y elevar a la persona que ostenta el órgano
con competencias en estas redes, la relación provisional con las puntuaciones obtenidas.
4. A la vista de la documentación, la Comisión de Coordinación y Seguimiento publicará en
el apartado destinado a las Redes de la web del Servicio de Innovación y Formación del
Profesorado (https://formacion.educarex.es/) la relación provisional con las puntuaciones
obtenidas, para que en el plazo máximo de diez hábiles las personas interesadas presenten
las reclamaciones que consideren oportunas.
5. Finalizado dicho plazo y a la vista de las alegaciones presentadas, la Comisión de Coordinación y Seguimiento elevará un informe con carácter vinculante y propuesta de la relación
definitiva de centros seleccionados a la Dirección General de Innovación e Inclusión Educativa, en el que se especificarán los centros seleccionados para incorporarse a la modalidad
de red solicitada.