Consejería De Igualdad Y Cooperación Para El Desarrollo. Víctimas De Violencia De Género. Ayudas. (2023061504)
Extracto de la Resolución de 14 de abril de 2023, de la Secretaría General, por la que se establece la convocatoria de las ayudas para facilitar la recuperación integral de las mujeres víctimas de violencia de género, para el ejercicio 2023.
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NÚMERO 80
27391
Jueves 27 de abril de 2023
los servicios públicos, que afectan a los procedimientos administrativos que rigen la concesión
de subvenciones.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de la ayuda será la equivalente al gasto que se pretende sufragar con la concesión
de la subvención, y quedará contemplada en el informe referido en el artículo 2 e) del Decreto
97/2018, de 26 de junio, sin que pueda superar los 5.000 euros por beneficiaria. El pago de
la ayuda se realizará mediante un único abono, una vez dictada la resolución de concesión.
El presupuesto destinado a la ejecución de la convocatoria asciende a un importe de 1.759.120
euros, financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 171010000 G/253A/48000
TE25006001 y proyecto 20190446 denominado “Pacto de Estado contra la Violencia de Género”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de ayudas podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la
convocatoria y de este extracto en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 15 de noviembre
de 2023.
Sexto. Otros datos.
Las beneficiarias de las ayudas, dado el objeto y la finalidad de las mismas, están exentas de la constitución de garantías por los pagos a cuenta o anticipados que se realicen.
Una vez concedida esta ayuda, podrán volver a ser beneficiarias de la ayuda las solicitantes en otras dos convocatorias posteriores a la inicialmente concedida. El modelo de solicitud estará a disposición de las solicitantes en el portal web de la Junta de Extremadura
https://www.juntaex.es/w/5485
Mérida, 14 de abril de 2023.
La Secretaria General,
ANTONIA POLO GÓMEZ
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Jueves 27 de abril de 2023
los servicios públicos, que afectan a los procedimientos administrativos que rigen la concesión
de subvenciones.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía de la ayuda será la equivalente al gasto que se pretende sufragar con la concesión
de la subvención, y quedará contemplada en el informe referido en el artículo 2 e) del Decreto
97/2018, de 26 de junio, sin que pueda superar los 5.000 euros por beneficiaria. El pago de
la ayuda se realizará mediante un único abono, una vez dictada la resolución de concesión.
El presupuesto destinado a la ejecución de la convocatoria asciende a un importe de 1.759.120
euros, financiado con cargo a la aplicación presupuestaria 171010000 G/253A/48000
TE25006001 y proyecto 20190446 denominado “Pacto de Estado contra la Violencia de Género”.
Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de ayudas podrán presentarse a partir del día siguiente a la publicación de la
convocatoria y de este extracto en el Diario Oficial de Extremadura hasta el 15 de noviembre
de 2023.
Sexto. Otros datos.
Las beneficiarias de las ayudas, dado el objeto y la finalidad de las mismas, están exentas de la constitución de garantías por los pagos a cuenta o anticipados que se realicen.
Una vez concedida esta ayuda, podrán volver a ser beneficiarias de la ayuda las solicitantes en otras dos convocatorias posteriores a la inicialmente concedida. El modelo de solicitud estará a disposición de las solicitantes en el portal web de la Junta de Extremadura
https://www.juntaex.es/w/5485
Mérida, 14 de abril de 2023.
La Secretaria General,
ANTONIA POLO GÓMEZ
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