Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061478)
Resolución de 12 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de "Puesta en riego de 5,265 ha de olivar con dos pozos de sondeo de 150 m, en el polígono 15 parcela 129", a ubicar en el término municipal de Acedera, cuyo promotor es Juan Antonio Merino Albalate. Expte.: IA22/0078.
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NÚMERO 79
27081
Miércoles 26 de abril de 2023
Relación de Consultas
Respuestas
recibidas
Servicio de Infraestructuras del Medio Rural. Vías Pecuarias
X
Ecologistas en Acción
-
Adenex
-
AMUS
-
SEO-Bird/Life
-
Asociación Ecologistas Extremadura
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
GREENPEACE
-
El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana, informa que, el cauce de un arroyo tributario del río Gargáligas discurre a unos 455 metros al noroeste de la superficie de
riego planteada, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA),
ni a las zonas de servidumbre y policía.
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, aprobado por el RD 849/1986,
de 11 de abril, los terrenos que lindan con los cauces están sujetos en toda su extensión
longitudinal a:
— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de
necesidad.
— Una zona de policía de100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del suelo
y las actividades que se desarrollen.
Según los datos obrantes en este organismo, el promotor solicitó, con fecha 22/12/2021,
una concesión de aguas subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 5854/2021,
para riego de 5,265 ha de cultivo leñoso (olivar) en la parcela 129 del polígono 15 del tér-
27081
Miércoles 26 de abril de 2023
Relación de Consultas
Respuestas
recibidas
Servicio de Infraestructuras del Medio Rural. Vías Pecuarias
X
Ecologistas en Acción
-
Adenex
-
AMUS
-
SEO-Bird/Life
-
Asociación Ecologistas Extremadura
-
Fundación Naturaleza y Hombre
-
GREENPEACE
-
El resultado de las contestaciones de las distintas administraciones públicas se resume a
continuación:
— La Confederación Hidrográfica del Guadiana, informa que, el cauce de un arroyo tributario del río Gargáligas discurre a unos 455 metros al noroeste de la superficie de
riego planteada, por lo que no se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001,
de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA),
ni a las zonas de servidumbre y policía.
De acuerdo con los artículos 6 y 7 del Reglamento del DPH, aprobado por el RD 849/1986,
de 11 de abril, los terrenos que lindan con los cauces están sujetos en toda su extensión
longitudinal a:
— Una zona de servidumbre de 5 metros de anchura para uso público, con los siguientes fines: protección del ecosistema fluvial y del DPH; paso público peatonal, vigilancia, conservación y salvamento; y varado y amarre de embarcaciones en caso de
necesidad.
— Una zona de policía de100 metros de anchura en la que se condiciona el uso del suelo
y las actividades que se desarrollen.
Según los datos obrantes en este organismo, el promotor solicitó, con fecha 22/12/2021,
una concesión de aguas subterráneas, la cual se tramita con n.º de expediente 5854/2021,
para riego de 5,265 ha de cultivo leñoso (olivar) en la parcela 129 del polígono 15 del tér-