Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Impacto Ambiental. (2023061439)
Resolución de 18 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula declaración de impacto ambiental del proyecto de "Tendido de cable de fibra Foadk 80 en L/3078-23-Trujillo de la ST "Cáceres"", a realizar en los términos municipales de Cáceres, La Cumbre y Trujillo (Cáceres), cuya promotora es I-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU. Expte.: IA22/0147.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023

26871

D.2. Medidas en fase de construcción.


1. D
 eberá presentarse ante la Dirección General de Sostenibilidad con carácter previo
al inicio de las obras:



— Comunicación de fecha de inicio de las obras.



— Solicitud de visita previa para ver las condiciones ambientales de las zonas afectadas, antes del inicio de las obras.



— Nombramiento del coordinador ambiental, acreditando su cualificación profesional
y experiencia personal, anexando plan de trabajo, controles que va a realizar y
frecuencia de los mismos.

El coordinador ambiental deberá estar validado por la Dirección General
de Sostenibilidad.


2. L
 os trabajos de instalación se temporalizarán de tal forma que no coincidan con los
períodos de mayor sensibilidad de las especies reproductoras presentes, atendiendo
a la distribución y períodos sensibles establecidos en los planes de manejo, conservación y recuperación de las especies amenazadas presentes. En todo caso, no se
realizarán las actuaciones entre el 1 de marzo y el 15 de julio, ambos incluidos, por
ser el período más sensible para la comunidad de aves esteparias.



3. S
 e procederá a la señalización y balizado de los terrenos afectados por las obras,
al objeto de evitar posibles afecciones a terrenos ajenos al área de ocupación del
proyecto.



4. N
 o se realizarán movimientos de tierra no contemplados en la presente evaluación.
No se retirará tierra vegetal ni se harán decapados, nivelaciones ni compactaciones
fuera de las zonas que vayan a ser ocupadas realmente por las instalaciones.



5. E
 n las zonas en las que sea necesario el movimiento de tierras, se retirará previamente la tierra vegetal para su posterior utilización en tareas de restauración
y revegetación de áreas alteradas, por lo que deberán mantenerse sus cualidades
mineralógicas y texturales esenciales, evitando su compactación. La retirada de la
tierra vegetal será progresiva de forma que se evite su erosión y se realizará fuera de
los períodos de lluvias. El almacenaje de las capas fértiles se realizará en cordones
con una altura máxima de 1,5 metros, en zonas donde no exista compactación por
el paso de maquinaria.