Consejería Para La Transición Ecológica Y Sostenibilidad. Autorización Ambiental. (2023061449)
Resolución de 10 de abril de 2023, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga autorización ambiental unificada al proyecto de instalación de fabricación de carbón vegetal, cuyo promotor es José Manuel Vega Gata, en el término municipal de Zahínos.
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NÚMERO 78
Martes 25 de abril de 2023

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8. P
 ara evitar la propagación de “la seca” a las “Dehesas de Jerez” y su entorno, se deberá evitar realizar acopio alguno con material infectado por Phytophthora, para la cual se
deberá realizar una trazabilidad y llevar un libro de registro de la materia prima que se
transforma, donde conste la procedencia exacta de la madera (polígono, parcela, recinto,
coordenadas; etc.), el peso, volumen especie a la que pertenece el material, descartando
cualquier partida que pudiera proceder de zonas infectadas por este horno. Se deberán
extremar las medidas para que el material acopiado susceptible de albergar agentes patógenos de dicho hongo no transmita la enfermedad por la vegetación autóctona de la zona.
- h - Plan de ejecución y acta de puesta en servicio
1. E
 n el caso de que el proyecto o actividad no comenzará a ejecutarse o desarrollarse en el
plazo de 5 años, a partir de la fecha de otorgamiento de la AAU, la DGS previa audiencia
del titular, acordará la caducidad de la AAU, conforme a lo establecido en el artículo 23 de
la Ley 16/2015, de 23 de abril.
2. D
 entro del plazo establecido en el apartado anterior, y con el objeto de comprobar el cumplimiento del condicionado fijado en la AAU, el titular de la instalación deberá presentar a
la Dirección General de Sostenibilidad solicitud de conformidad con el inicio de la actividad
y memoria, suscrita por técnico competente, según establece el artículo 34 del Decreto
81/2011, de 20 de mayo.
3. E
 n particular y sin perjuicio de lo que se considere necesario, la memoria referida en el
apartado h.2 deberá acompañarse de:
a) La documentación relativa a la gestión de los residuos.
b) Los informes de los primeros controles externos de las emisiones a la atmósfera.
c) Acreditación de la adecuación de las chimeneas a los requisitos establecidos en la autorización.
d) El informe de medición de ruidos referido en el artículo 26 del Decreto 19/1997, de 4 de
febrero, de Reglamentación de Ruidos y Vibraciones y certificado de cumplimiento.
e) E
 n su caso, la autorización de vertidos del órgano de cuenca o el proyecto de construcción de la balsa que justifique el cumplimiento de las prescripciones establecidas en la
autorización respecto a las aguas pluviales y las aguas residuales procedentes del proceso.
f) La licencia municipal de obras.